Opinión | Editorial
Un abuso del Código Penal
Los líderes independentistas pudieron obrar con menosprecio a la ley, pero violentar el marco legal no es sinónimo de violencia

El exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras llega, este jueves, a la Audiencia Nacional. / periodico
No por esperada ha causado menor conmoción en Catalunya la contundencia del escrito de acusación de la Fiscalía en las causas especiales contra el 'procés' abiertas en el Tribunal Supremo y en la Audiencia Nacional. El relato de los hechos por parte de las acusaciones y la consiguiente calificación de los delitos no han variado sustancialmente desde el final de la instrucción. Quienes levantaron expectativas en sentido contrario lo hicieron desde la esfera política y sin base jurídica.
La suma de 177 años de cárcel para los procesados que solicita el ministerio público parte de la premisa de que tanto Oriol Junqueras (25 años) como varios ‘exconsellers’, los líderes de la ANC y Òmnium Cultural y el exmayor de los Mossos Josep Lluís Trapero incurrieron en un delito de rebelión. En ausencia de actos violentos de enjundia en que sostener este cargo, el escrito argumenta que las llamadas de los líderes independentistas a la movilización con vistas al 1-O comportaban “en un alto grado de probabilidad el empleo de actitudes de violencia y enfrentamiento”.
Desde estas páginas, como hemos manifestado en otras ocasiones, no podemos compartir un relato de los hechos que define como violentos a los líderes independentistas ni a sus sus seguidores porque, sencillamente, no se corresponde con la realidad... Pudieron obrar con menosprecio a la ley y con prácticas dudosamente democráticas, pero violentar el marco legal no es sinónimo de violencia. Peticiones de cárcel tan severas, de transformarse en condenas, constituirían un abuso del Código Penal y solo servirían para lastimar la convivencia en Catalunya, ya dañada por el proceso soberanista.
En su momento fue un error político llevar el asunto catalán al terreno únicamente judicial, lo que ahora dificulta su resolución. Pero a nadie se le escapa que un conflicto de naturaleza esencialmente política solo desde la política puede encauzarse. El escrito de la Abogacía del Estado, El escrito de la Abogacía del Estado, que no aprecia delito de rebelión e identifica los hechos como sedición y malversación, es un primer (y leve) paso en la buena dirección.
Curiosamente, el debate político no se ha centrado en las acusaciones sino en la figura del presidente Pedro Sánchez. PP y Ciudadanos lo acusaron de plegarse al independentismo, mientras el 'president' Quim Torra le culpó de ser "cómplice" de la represión. Unos y otros menosprecian el Estado de derecho que dicen defender.
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