Sentencia judicial
La justicia europea concluye que la reforma judicial de Polonia no se ajusta al derecho de la UE
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictamina que el régimen disciplinario de los jueces no ofrece garantías de imparcialidad e independencia y no es inmune al control político
La Comisión Europea recuerda a Varsovia la primacía de las sentencias del TJUE y expresa su "profunda preocupación" por el estado de derecho en Polonia
Silvia Martinez
Periodista
En menos de una semana, la Comisión Europea presenta su informe anual sobre el Estado de derecho en los Estados miembros con Polonia de nuevo en el ojo del huracán por el pulso que mantiene a cuenta de las reformas judiciales y la independencia de los tribunales. Este pasado miércoles, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) reclamó, por segunda vez desde en poco más de un año, la suspensión inmediata de la cámara disciplinaria del Supremo polaco por las dudas entorno a su imparcialidad e independencia, aunque la Corte Constitucional del país rechazó una hora más tarde el auto de la corte europea alegando la primacía del derecho polaco.
"Estamos profundamente preocupados por la decisión del Tribunal Constitucional polaco que establece que las medidas cautelares ordenadas por el TJUE en el ámbito del poder judicial son incompatibles con la Constitución polaca. Esta sentencia reafirma nuestras preocupación sobre el estado de derecho en Polonia", ha valorado la vicepresidenta y responsable de valores del Ejecutivo, Vera Jourová. En la declaración, la Comisión Europea subraya la primacía del derecho de la UE sobre la legislación nacional y recuerda la obligación de cumplir con las decisiones del TJUE, incluidas las medidas cautelares.
Bruselas analiza ahora la situación, también respecto al posible impacto que pueda tener sobre la aprobación del plan nacional de recuperación polaco, y advierte que no dudará en utilizar todos sus poderes. El choque de trenes, en todo caso, ha continuado este jueves. En una nueva sentencia dictada por el TJUE, los jueces europeos dictaminan que el nuevo régimen disciplinario de los jueces del Tribunal Supremo y de los jueces ordinarios, uno de los aspectos clave de la reforma judicial, no es conforme al derecho europeo. "La Comisión Europea recurrió ante el Tribunal de Justicia para hacer constatar que al adoptar el nuevo régimen disciplinario aplicado a los jueces del Gad Najwyzszy (Corte Suprema) y a los jueces de los tribunales ordinarios, Polonia ha incumplido sus obligaciones en virtud del derecho de la Unión. En la sentencia de hoy, el tribunal confirma todas las quejas presentadas por la Comisión y concluye que Polonia había incumplido sus obligaciones derivadas de la legislación de la UE”, señala la corte en un comunicado.
Influencias de otros poderes
Según la corte europea, la nueva sala disciplinaria de la Corte Suprema polaca creada en el marco de la nueva reforma “no ofrece las garantías de imparcialidad e independencia” porque “no es inmune a las influencias directas o indirectas del poder legislativo y el ejecutivo polaco”. El TJUE menciona en concreto el hecho de que el proceso de nombramiento de los jueces de la Corte Suprema, incluidos los de la sala disciplinaria, está esencialmente determinado por un organismo, el Consejo Nacional de la Magistratura, que ha sido reorganizado por el jecutivo y legislativo polaco y cuya independencia “puede generar dudas legítimas”.
Además, hacen hincapié en el hecho de que la sala disciplinaria debe estar compuesta exclusivamente por nuevos jueces que aún no formaban parte del Tribunal Supremo así como el hecho de que se benefician en particular de una remuneración muy alta y un grado de especial autonomía organizativa, funcional y financiera, en relación con las condiciones imperantes en las demás cámaras jurisdiccionales de esta jurisdicción.
Control político
La sentencia también menciona que el régimen disciplinario permite tipificar como falta disciplinaria el contenido de las decisiones judiciales adoptadas por jueces de la jurisdicción ordinaria lo que según el TJUE podría utilizarse para ejercer un control político sobre las decisiones judiciales o para ejercer presión sobre los jueces con el fin de influir en sus decisiones y socavar la independencia de los tribunales. La corte europea también recuerda en su dictamen que Polonia no ha garantizado que los casos disciplinarios incoados contra los jueces de los tribunales ordinarios se examinen en un plazo razonable y no ha garantizado el respeto de los derechos de defensa de los jueces acusados, socavando así su independencia.
Por último, la Corte europea también alerta de que los jueces nacionales polacos se exponen a un procedimiento sancionador por haber decidido plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la UE, lo que atenta contra su derecho o su obligación de cuestionar a la corte polaca, así como al sistema de cooperación judicial entre los órganos jurisdiccionales nacionales y el Tribunal de Justicia de la UE establecido por los Tratados para garantizar la uniformidad en la interpretación del Derecho de la Unión y garantizar el pleno efecto de dicho Derecho.
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