Salud laboral

Pymes y autónomos, los colectivos más expuestos a las olas de calor

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Ola de calor en Catalunya: la temperatura escala hacia registros nunca vistos

La crisis climática multiplica los riesgos de morir de calor en el trabajo

¿Cuál es la temperatura máxima que puede aguantar el cuerpo humano?

Trabajadores de la construcción en una obra en Barcelona.

Trabajadores de la construcción en una obra en Barcelona. / ARCHIVO

Gabriel Ubieto

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Tres personas han fallecido ya este año mientras trabajaban debido a las altas temperaturas y, oficialmente apenas llevamos dos semanas de verano. Lo que antaño eran tragedias aisladas hoy se ha convertido en una causa cada vez más habitual de siniestralidad laboral. El año pasado el Ministerio de Trabajo contabilizó un total de cinco fallecidos durante su jornada laboral por efecto directo de las temperaturas extremas. Fue el ejercicio, por el momento, con más trabajadores fallecidos registrados. Es un hecho que la crisis climática (y sus efectos) está multiplicando los riesgos de morir en el trabajo. 

Este lunes ha arrancado el enésimo episodio de temperaturas extremas y empresas y trabajadores lo encaran con dudas sobre la eficacia de la nueva normativa en materia preventiva, que matiza el grueso de una ley que lleva desde 1995 sin cambios de calado. Desde este mayo las compañías deben tener actualizados sus planes y evaluaciones de riesgos para contemplar de manera específica los picos de calor y tener pautado cómo reaccionar durante los mismos para minimizar cualquier peligro para la salud del trabajador.

Normativa poco concreta

Juristas y empresarios consultados recelan de la eficacia de la normativa, unos porque consideran que es poco concreta sobre cuándo y cómo actuar y otros porque estiman que no aporta obligaciones nuevas a las ya existentes. Estos días el Ministerio de Trabajo está remitiendo 102.000 cartas a empresas de sectores especialmente expuestos por su actividad a las temperaturas extremas, recordándoles sus nuevas y viejas obligaciones. El Departament de Treball hizo lo propio hace unas semanas con 12.000 cartas a empresas catalanas.

Dos de las tres personas fallecidas este año –una en Cinco Casas (Ciudad Real) y otra en Aznalcóllar (Sevilla)- se encontraban trabajando en el campo, en propiedades familiares. Como si de trabajadores autónomos se tratase. De hecho, son los empleados por cuenta propia y las pymes, según coinciden todas las fuentes consultadas, las piezas más vulnerables del circuito de prevención de riesgos laborales. 

Los primeros, obligados a una autoevaluación que la necesidad muchas veces suprime. Los segundos, protegidos en la mayoría de casos por un protocolo estandarizado que ha realizado una empresa externa que apenas conoce la realidad concreta de esa compañía. Según los últimos datos de la ‘Enquesta de qualitat i condicions de treball’ de la Generalitat, solo una de cada cuatro empresas realiza su propia evaluación de riesgos.

Sin apenas sindicación, en las compañías de menor tamaño es poco frecuente que exista la figura del delegado de prevención de riesgos. Y los inspectores de Trabajo, con menos de un agente por cada 10.000 empleados, son concebidos por más de un asalariado como un animal mitológico: dicen que existen, pero nunca los han visto. "El problema es el de siempre, ¿cómo hacemos que se aplique? Inspección de Trabajo tiene los recursos que tiene y nosotros llegamos hasta donde llegamos. Donde tenemos delegados es mucho más fácil, donde no… es mucho más complicado", afirma la secretaria de salud laboral de UGT-Fica Catalunya, Antonia Fuentes

Brecha en prevención

"La normativa no está pensada en clave pyme, pese a que tenemos un tejido productivo conformado mayoritariamente por este tipo de empresa. A veces nos cuesta encontrar los equilibrios para cumplir. Si bien la normativa de riesgos laborales hace tantos años que la tenemos que está integrada”, afirma la directora del área de trabajo de la patronal Pimec, Sílvia Miró

Para paliar esa brecha histórica en materia de prevención respecto a las grandes empresas, Pimec tiene habilitado un servicio de asesoramiento para que sus socios vayan más allá del cumplimiento formal de la ley y trabajen medidas cualitativas y adaptadas a la realidad concreta de sus centros de trabajo.

Nueva normativa

Una empresa que obligue a sus trabajadores a operar al aire libre durante una ola de calor sin las precauciones necesarias y con riesgo grave para su salud se expone a sanciones de hasta casi un millón de euros. Las sanciones son las mismas ahora que antes del 12 de mayo, cuando el Gobierno aprobó un real decreto para reforzar la protección de los empleados ante temperaturas extremas. 

“La nueva normativa no aporta novedad, porque las empresas ya tenían la obligación de evaluar el estrés térmico. Entendemos que no exige un protocolo específico. Parece más un recordatorio”, opina el técnico de seguridad y salud laboral de la patronal Pimec, Óscar Martín. “No hemos tenido apenas consultas sobre este asunto”, añade. Desde UGT sí entienden que las compañías deben tener un protocolo específico en caso de alertas de la Aemet por calor extremo y “evaluar los riesgos a nivel técnico, tener en cuenta la edad, patologías y estado de salud del trabajador”, apunta Fuentes.

En opinión de la profesora de Derecho y Seguridad Social de la UPF Consuelo Chacartegui, la modificación del Gobierno completa una normativa de prevención de riesgos laborales que se remonta a 1995. Pero lo hace de una manera "inconcreta" y "confusa", considera, ya que no establece parámetros claros de cuando debe o no detenerse la actividad. Si bien reconoce que en los riesgos derivados de la crisis climática, ninguno de los países del sur de Europa, especialmente afectados por la misma, tiene claro cómo avanzar. "Los países mediterráneos recién están empezando a adaptarse y a ser conscientes de un riesgo cada vez más creciente", añade.