Gratificaciones extraordinarias

Los trabajadores que no recibirán la paga extra de Navidad en diciembre

La retribución salarial establecida en el contrato puede provocar que algunos empleados no noten este 'plus' en su salario habitual

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dinero / Alexander Stein

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La llegada de la Navidad supone, en muchos casos, una paga extra en el salario de muchos trabajadores. Sin embargo, el tipo de contrato y de retribución salarial establecidos por la empresa pueden dar pie a que algunos de ellos no noten cambios en su sueldo habitual.

Con todo, cabe destacar que estos empleados no dejan de cobrar este 'plus', sino que lo reciben de forma prorrateada a lo largo de las demás mensualidades.

Sin diferencias

Tal como establece el Artículo 31 del Estatuto de los Trabajadores, "el trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores".

No obstante, tal como aparece especificado en este mismo apartado, "podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades", es decir, dichas pagas pueden repartirse a lo largo del año. De esta manera, aquellas personas que tengan establecido este tipo de contratos no notarán un incremento en su sueldo de cara a las fiestas navideñas, lo cual no significa que no reciban dicha cuantía. Asimismo, el IRPF a pagar si se reciben 12 o más pagas será el mismo, aunque la forma de dividirlo sea distinta en un caso y otro.