Movilidad eléctrica

El Gobierno vuelve a ampliar el plazo para solicitar las ayudas del PERTE del coche eléctrico

El Gobierno aceptará solicitudes hasta el 3 de junio, ampliando el período desde el 17 de mayo

Es la segunda prórroga que hace después de pasar la fecha tope del 3 de mayo que constaba en la convocatoria al 17 de ese mes

La ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto.

La ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto. / Eduardo Parra - Europa Press

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El Gobierno vuelve a ampliar en más de dos semanas adicionales, hasta el próximo 3 de junio, el plazo para solicitar las ayudas recogidas en el Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica del Vehículo Eléctrico y Conectado (Perte VEC), que finalizaba el 17 de mayo, según se desprende de una orden ministerial publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Es la segunda prórroga después de que la fecha límite pasara del 3 de mayo al 17 del mismo mes tras la apertura de las solicitudes el 1 de abril.

El Perte VEC fue el primero de los grandes proyectos estratégicos, enmarcados en el marco del Plan de Recuperación, que aprobó el Gobierno hace casi un año, en julio del año pasado, y aunque en un primer momento el Gobierno se marcaba como plazos tener el resultado final en el mes de febrero de este año, finalmente la complejidad del proceso ha ido retrasando los tiempos. Las ayudas del Perte VEC ascienden a 2.975 millones de euros, de este total 1.425 millones se concederán en forma de préstamos y otros 1.550 millones a través de subvenciones.

El departamento liderado por la ministra de Industria, Comercio y Turismo, Reyes Maroto, ha informado que el plazo de presentación de solicitudes "continuaba resultando insuficiente para salvaguardar la mayor competencia en el procedimiento de concurrencia competitiva". El Gobierno alude en este punto a la complejidad del proceso de presentación de solicitudes de ayuda por parte de las agrupaciones participantes en la convocatoria de 2022, que incorporan a varias entidades y que entrañan "un importante trabajo previo de negociación interna y de preparación de documentación y reparto de tareas".

La nueva orden se suma a la del pasado mes de abril, cuando, además de ampliar el plazo de solicitud de ayudas, también se amplió el espectro de beneficiarios, pudiendo serlo empresas de nueva constitución, que anteriormente quedaban excluidas de algunas líneas de inversión. Al mismo tiempo, la orden ministerial publicada en abril también modificaba el apartado de la formación obligatoria que tiene que llevarse a cabo dentro de los proyectos y que a partir de la entrada en vigor de la orden se podría realizar a través de plataformas digitales. También se aclaró la redacción de los costes subvencionables relativos a materiales, suministros e instrumentos amortizables en dichos proyectos de formación.

Otra de las correcciones que se hicieron de la orden ministerial corresponde al régimen de garantías, de forma que se incorporó una declaración responsable a presentar por las entidades que forman parte de la agrupación, relativa a que estas no se encuentran en situación de crisis.

Características

La convocatoria del Perte VEC flexibiliza la condición de que el 30% de los incentivos de cada iniciativa ligados al Perte del Vehículo Eléctrico y Conectado tiene que recaer en las pequeñas y medianas empresas (pymes). Así, se podrá computar también la ayuda equivalente al presupuesto contratado y subcontratado por las grandes empresas con dichas pymes.

Una solicitud, denominada proyecto tractor, deberá estar formada al menos por cinco entidades, que no formen parte del mismo grupo, relacionadas con la fabricación del vehículo eléctrico. Al menos un 40% de las entidades debe ser pyme y por lo menos una entidad tiene que ser proveedora de conocimiento. El proyecto tractor estará formado por un conjunto de proyectos primarios y toda entidad debe participar al menos en un proyecto primario.

El desembolso de la ayuda concedida se realizará en dos pagos por tipología de ayuda (préstamo y subvención). El primero se ordenará una vez dictada la resolución de concesión y se hará por el importe total de la ayuda concedida correspondiente a la anualidad 2022. Mientras que el segundo pago correspondiente a la ayuda concedida para la anualidad 2023 se realizará a lo largo de 2023, y estará condicionado a la presentación, antes del 15 de septiembre de 2023, de la situación actualizada de las inversiones y gastos realizados hasta la fecha.