NUEVOS HÁBITOS POR LA CRISIS

Herencias muy pesadas

Los beneficiarios renuncian en Catalunya a 10 de cada 100 legados por las cargas e impuestos

AGUSTÍ SALA / BARCELONA

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Todo el mundo sueña con una herencia inesperada que le solucione la vida. Pero la realidad no suele ser tan idílica, ya que conlleva costes que asustan a bastantes beneficiarios. Es esa sensación de carga la que hizo que el año pasado en Catalunya se renunciara a 10 de cada 100 legados, un nivel que se ha triplicado desde el 2007, el año anterior al estallido de la crisis.

Desde ese ejercicio, la tendencia no ha parado de crecer, si bien en el 2014 tendió a estabilizarse. Hace ocho años, el índice de renuncias era del 3,91%, mientras que el año pasado fue del 10,10%. El número de herencias apenas ha crecido un 15% en estos años mientras que el de desistimientos se ha triplicado.

La crisis ha provocado esta evolución, según el decano del Col.legi Notarial de CatalunyaJoan Carles Ollé. Pero él prefiere variar el punto de vista: «la gran mayoría de herencias no conllevan problemas. Las renuncias son 10 de cada 100, y por causas diversas», asegura.

Muchas renuncias se deben a los gastos aparejados al legado, esencialmente los tributarios. No se trata tanto del impuesto de sucesiones, que aunque se recuperó por parte de CiU en esta legislatura, sigue teniendo unas buenas bonificaciones cuando los beneficiarios son familiares muy directos; sino del gravamen municipal sobre las plusvalías cuando son inmuebles. Con la profusión de hipotecas a 40 o 50 años, puede suceder que al heredar queden aún muchas cuotas del préstamo que pagar.

Las herencias también salen caras cuando son entre familiares colaterales, como los sobrinos que heredan de un tío. «A medida que se aleja el grado de parentesco mayor es la carga tributaria», explica.

El decano de los notarios alerta de la necesidad de actuar sin precipitarse. A lo mejor recibir la herencia genera iliquidez puntual, pero puede tener solución. Lo importante es asesorarse y buscar soluciones con los acreedores.

Los notarios recomiendan aceptar la herencia a beneficio de inventario, una figura que permite valorar durante un máximo de seis meses -coincide con el plazo para pagar los impuestos- los bienes y cargas y ver si se puede responder solo con la herencia y evitar hacerlo con el patrimonio propio. Ollé explica que el Código Civil catalán ha facilitado mucho este proceso.

Herencia deficitaria

El caso más extremo es la herencia deficitaria. «Cuando hay más deuda que activos con los que responder por ella, sí que vale más renunciar», afirma. En esas situaciones, si no, el heredero podría tener que responder de las deudas del fallecido con su propio patrimonio. Para evitarlo, Ollé propone cambiar la regulación y mantener ese supuesto solo cuando hay fraude.

Tras un proceso en el que se busca si hay sustituto del heredero u otros familiares interesados hasta el cuarto grado (primos), es la Generalitat la que hereda. Posteriormente, como con las herencias sin testamento, una junta las reparte anualmente entre entidades sin ánimo de lucro y fines sociales.