Campaña 2021-2022
¿Debo hacer la declaración de la renta si he vivido durante el 2021 en el extranjero?
El pasado 6 de abril arrancó la campaña de la declaración de la renta y la Agencia Tributaria publicó el calendario con las fechas más importantes a tener en cuenta. Este año, además, se han incorporado algunas novedades con respecto a la campaña que se llevó a cabo el año pasado, que afectan a los rendimientos del trabajo a las rentas y los patrimonios más altos.
Las principales son el alza de los tramos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para las rentas más altas, la mayor vigilancia de las inversiones en criptomonedas o las ayudas para las personas afectadas por el volcán de La Palma.
Ley tumbada
Y a pesar de que la justicia europea ha tumbado la controvertida ley española, promovida por el exministro del PP, Cristóbal Montoro, que obliga a los residentes fiscales en España a declarar sus bienes o derechos situados en el extranjero -desde bienes inmuebles hasta cuentas bancarias, activos, fondos propios, patrimonio de todo tipo de entidades así como seguros de vida e invalidez-, si has residido en el extranjero durante el 2021 puede que tengas que hacer declaración de la renta.
¿Quiénes están obligados?
Cualquier trabajador, por cuenta propia o ajena, pensionista y, en definitiva, toda persona que haya percibido ingresos durante 2021 debe pasar por este trámite, siempre y cuando se cumplan unos baremos.
Están obligadas a presentar la declaración de la renta en 2021 todas las personas que hayan ingresado más de 22.000 euros en 2021 procedentes de un único pagador o 14.000 euros de varios pagadores. En este caso, la suma de los ingresos percibidos por el segundo y el resto tienen que superar los 1.500 euros al año.
Pensiones compensatorias
También están obligados a rendir cuentas con Hacienda todos aquellos que reciban pensiones compensatorias del cónyuge o si el pagador no está obligado a hacer retención (o esta tiene un tipo fijo).
Y en el caso de los extranjeros, o de los residentes en el extranjero, la declaración de la renta la debe hacer toda persona física, de nacionalidad española o no, que haya residido en España más de 183 días durante el año natural, o que tenga en el país el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos de forma directa o indirecta.
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