SENTENCIA POR EL 'CASO PALAU'

¿Por qué se absuelve a Ferrovial del 'caso Palau'?

La prescripción de los delitos de administración desleal y tráfico de influencias salva de la condena a los exdirectivos de la constructora

El exdirectivo de Ferrovial Pedro Buenaventura (izquierda) con su abogado, Cristóbal Martell.

El exdirectivo de Ferrovial Pedro Buenaventura (izquierda) con su abogado, Cristóbal Martell. / periodico

J. G. Albalat

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La Audiencia de Barcelona ha absuelto a los exdirectivos de Ferrovial, Pedro Buenaventura y Juan Elízaga, que se enfrentaban a una pena de cuatro años y medio de prisión. Por un lado, les declara inocentes de la acusación de administración desleal, pues no hubo perjuicio a la compañía. Y  por otro, el delito de tráfico de influencias, vinculado a las comisiones de CDC, ha prescrito. Ferrovial ha reiterado este lunes que las adjudicaciones en las que ha participado fueron correctas.

La sentencia remarca que Ferrovial cesó a Buenaventura de sus funciones (era director territorial en Barcelona) el 23 de febrero del 2006 y el último hecho en el que habría intervenido sería un pago de la constructora al auditorio días antes, el 16 de febrero. Entre esta fecha y el 16 de marzo del 2011, cuando fue imputado, pasaron más de tres años, plazo contemplado para la prescripción del tráfico de influencias.

Respecto a Elízaga pasa algo similar. Ha sido exculpado de administración desleal y ha prescrito el delito de tráfico de influencias. Pasaron más de tres años desde que el 22 de junio del 2009 hiciera su último ingreso de dinero en el Palau hasta que fuera citado a declarar como imputado, el 10 de abril del 2013.