El TSJC obliga a la Generalitat a escolarizar en un instituto a un alumno con necesidades especiales
El alto tribunal defiende la escuela inclusiva y recuerda que la ley de educación aboga por la normalización
El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha dictado una sentencia pionera a favor de la educación inclusiva de los alumnos con necesidades educativas especiales y ha obligado a escolarizar en un instituto de secundaria a un alumno de L’Ametlla del Vallès (Vallès Oriental) al que la Generalitat quería mandar a un centro de educación especial, según ha informado la Fundació Gerard, que reproduce en su página web la sentencia.
El fallo desestima el recurso de apelación interpuesto por la Generalitat contra una sentencia dictada por el juzgado Contencioso-Administrativo número 17 de Barcelona en septiembe del 2014, en la que se pronunciaba a favor de la educación inclusiva de Gerard F.M., de 14 años. El alto tribunal también se ha posicionado ahora a favor de una "educación inclusiva en el sistema educativo ordinario" a pesar de que el ministerio fiscal había solicitado el recurso de la Generalitat.
La fiscalía entendía que el menor “tiene dificultades de escolarización y necesita el apoyo sin que sea posible que disponga de este en un centro ordinario si no se adoptan medidas desproporcionadas".
NO DISCRIMINACIÓN
La sentencia del TSJC alega que la ley educativa defiende que la escolarización del alumnado que presenta necesidades educativas especiales “se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y la permanencia en el sistema educativo".
También hace referencia a la Ley 14/2010 de los derechos y oportunidades de la infancia y la adolescencia, al señalar que los niños y los adolescentes “con discapacidades tienen derecho a una escolaridad inclusiva y con el apoyo necesario para potenciar el máximo desarrollo académico, personal y social".
El alto tribunal destaca que los poderes públicos deben prestar una "especial atención en la prevención y la eliminación de actitudes discriminatorias dirigidas a niños y adolescentes con discapacidades".
A la luz del informe psicopedagógico del menor, el tribunal dice que "resulta evidente" que no existe la más mínima prueba de que el esfuerzo que exige a la administración la Ley 4/2010 sea en este caso desproporcionado o indebido.
{"zeta-legacy-despiece-horizontal":{"title":"Ensenyament sigue sin regular esta modalidad","text":"La Plataforma Ciutadana per l\u2019Escola Inclusiva denuncia\u00a0que la escuela inclusiva, la que integra a ni\u00f1os con necesidades especiales en centros convencionales, funciona razonablemente en primaria, pero cuando el menor pasa a secundaria su puesta en pr\u00e1ctica depende de la voluntad de los profesores. Los padres afectados consideran que la diferencia que se da entre ambas etapas escolares se podr\u00eda corregir con un decreto que regulara la atenci\u00f3n educativa de estos alumnos. Una normativa que el Parlament orden\u00f3 a la Conselleria d\u2019Ensenyament tener lista\u00a0en el 2014, pero que todav\u00eda est\u00e1 en fase de tr\u00e1mite, seg\u00fan reconoci\u00f3 la propia titular en funciones del departamento, Irene Rigau, a principios del pasado mes de septiembre, por lo que no ha entrado en vigor este curso."}}
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