El Supremo absuelve a 2 independentistas que exhibieron fotos de etarras en la Diada del 2012

La resolución anula la sentencia de la Audiencia Nacional que les condenó a un año de cárcel por enaltecimiento del terrorismo

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El Tribunal Supremo ha absuelto a dos jóvenes independentistas catalanes que exhibieron fotografías de dos etarras de origen catalán en la Diada de Catalunya de 2012 y ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional que les condenó a un año de prisión a cada uno por un delito de enaltecimiento del terrorismo.

Para el Supremo, los hechos no constituyen conductas inequívocas de enaltecimiento o justificación de crímenes terroristas o de sus autores mediante acto o palabras de elogio, alabanza o mérito o que se hagan pasar como acciones legítimas las conductas condenadas como terroristas.

El tribunal, que ha estimado los recursos de ambos acusados contra la resolución de la Audiencia, explica que los hechos ocurrieron al finalizar una manifestación con motivo de la Diada el 11 de septiembre del 2012 en Barcelona, cuando los jóvenes subieron a un escenario y mostraron ante el público dos grandes fotografías de las etarras Dolores López Resina y Marina Bernardó Bonada, en cuya parte inferior estaba escrita las leyendas "amnistia" y "presos i preses polítiques catalanes".

Conducta ambigua

El Supremo fundamenta que "esas conductas están teñidas de una ambigüedad que las sitúa en el límite externo de lo punible" y recuerda que "ante la naturaleza constitucional de los derechos de libertad de expresión, en los supuestos límites debe jugar el principio 'favor libertatis".

Los acusados, Gregori S. M. y Ferran B. G., declararon en el juicio que tras la manifestación subieron al escenario donde exhibieron fotos de presas de ETA para denunciar la dispersión de los reclusos que obliga a los familiares a viajar miles de kilómetros para visitarles, así como la vulneración de sus derechos fundamentales en los centros penitenciarios.