PRÁCTICAS BANCARIAS
La primera demanda colectiva por el IRPH se presentará contra CaixaBank
El colectivo de afectados promoverá reclamaciones contra todas las entidades que comercializaron este índice
La primera demanda colectiva por la aplicación del IRPH --el índice hipotecario utilizado por la mayoría de las antiguas cajas-- se presentará contra CaixaBank. Óscar Serrano, el abogado del Col·lectiu Ronda que promueve la reclamación judicial junto con una asociación de consumidores bancarios, ha explicado este martes, que el procedimiento se llevará a cabo por separado contra cada una de las entidades que comercializaron hipotecas referenciada a este tipo de índice, ya que el número de personas afectadas es muy elevado en varias de estas entidades.
Tras CaixaBank, el colectivo presentará demandas contra CatalunyaCaixa --ahora integrada en el BBVA-- y contra el Banc Sabadell, "que acumula un gran volumen de este tipo de hipotecas procedentes de Caixa Penedès y la CAM", ha comentado Serrano. Según el abogado, CaixaBank es la entidad que mayor volumen de hipotecas referenciadas al IRPH tiene concedidas en el mercado. Según sus estimaciones, los afectados por esta situación estarían pagando intereses en torno al 4%, cuando en estos momentos, el tipo de interés más utilizado para hipotecas -el euríbor- es negativo, con lo que esos clientes están pagando como coste de la hipoteca, como mucho, el diferencial.
El Col·lectiu Ronda desconoce el número de afectados, aunque da por aceptables algunas cifras que se manejan y que cuantifican en cerca de medio millón el número de personas que han contratado este índice. Esta tarde el despacho de abogados celebrará una reunión con los primeros afectados, en la que se espera a un centenar de personas. "Aunque el interés demostrado a través de diferentes medios, sobre todo las redes sociales, es muy elevado", ha comentado Serrano.
Los demandantes consideran que numerosas entidades financieras promocionaron estas hipotecas entre sus clientes y presentaron el IRPH como un índice más estable y menos sujeto a fluctuaciones que el euríbor. Pero en noviembre del 2013, el Estado se vio obligado a derogar el antiguo IRPH y reformular el método de cálculo rebautizado con el nombre de IRPH-Entidades, obligado por una resolución de las autoridades europeas que consideraba abusivo este índice de referencia al resultar opaco en su composición y susceptible de manipulación por parte de las propias entidades.
La demanda plantea la nulidad del tipo de interés aplicado, lo que quiere decir que, en caso de una sentencia favorable, los clientes afectados recuperarían todos los intereses pagados como consecuencia de la aplicación de ese tipo hipotecario. El sector financiero se defiende con el argumento de que la formación del IRPH no es diferente a la del euríbor, y ambos casos, es el resultado de las operaciones de préstamo que se cruzan los bancos,
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