SECTOR ENERGÉTICO

El Gobierno aprueba el nuevo bono social para la luz

Los descuentos serán de entre el 25% al 40% en función de la vulnerabilidad del consumidor

Álvaro Nadal en Congreso

Álvaro Nadal en Congreso

Agustí Sala / Barcelona

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

En medio del desconcierto por la tensión con la Generalitat, el Gobierno ha aprobado el nuevo bono social para la factura de la luz, del que se pueden beneficiar unos de 2,5 millones de usuarios. Los descuentos previstos se sitúan ente el 25% y el 40%, en función de la vulnerabilidad de los consumidores. El real decreto regula un mecanismo para evitar cortes de suministro en el caso de los consumidores vulnerables en riesgo de exclusión social.

La rebaja del 25% es para los consumidores considerados vulnerables. Se incluyen aquellos hogares formados por pensionistas con pensiones mínimas y todas las familias numerosas también consideradas vulnerables. El descuento se amplía hasta el 40% para los denominados "consumidores vulnerables severos". En este grupo se incluyen los hogares cuya renta familiar "sea inferior a la mitad de los umbrales establecidos para los vulnerables".

El real decreto establece tres categorías de consumidores considerados vulnerables y fija los umbrales de renta para los diferentes descuentos en la factura de la luz. En el caso de una persona sola, la renta que permite ser beneficiario del bono social y disfrutar de un descuento del 25 % en la factura de la luz se sitúa en un poco menos de 11.300 euros al año, cuantía que se eleva a cerca de 19.000 euros, por ejemplo, en el caso de una familia con dos menores.

El umbral se incrementa para el caso de personas con discapacidad y para víctimas de violencia de género o de terrorismo. También son considerados consumidores vulnerables los hogares formados por pensionistas con pensiones mínimas y todas las familias numerosas.

Límites de consumo

En todos los casos, se establecen unos límites máximos de consumo eléctrico a los que será aplicable el descuento del bono social "para asegurar la eficiencia en el consumo energético".

 El real decreto establece una tercera categoría, la de consumidores en riesgo de exclusión social, que, además de tener rentas por debajo del umbral fijado para los severos, son atendidos por los servicios sociales de su comunidad autónoma y esta les paga al menos el 50 % del importe de su factura.

A estos no se les podrá cortar la luz en caso de impago y para ello la nueva regulación establece un mecanismo por el que las comercializadoras de electricidad tendrán que hacer una aportación financiera adicional, asumiendo el resto del recibo que no cubre la comunidad autónoma.

El real decreto establece también unos límites de consumo eléctrico para poder beneficiarse del bono social. El nuevo bono social se reformó después de que el Tribunal Supremo Tribunal Supremo declarara inaplicable su régimen de financiación anterior por considerarlo incompatible con la normativa comunitaria.

Coste para las comercializadoras

El Ministerio de Energía afirma que se mantiene el sistema por el cual el coste del bono social es asumido por las empresas comercializadoras como "un servicio de interés general, sin cargarlo sobre los consumidores o los Presupuestos Generales del Estado".

El real decreto recoge, además, una serie de medidas para reforzar la protección al consumidor, entre las que está la ampliación de dos a cuatro meses del plazo para cortar el suministro, una vez se produce el impago.

Los consumidores que actualmente disponen del bono social lo podrán mantener durante seis meses sin necesidad de renovarlo y próximamente estará en marcha una aplicación informática para verificar la información disponible sobre la renta de los solicitantes en la Agencia Tributaria, aunque también se podrá pedir presentando el interesado la declaración del IRPF.