No homologado por la DGT
Cuidado: este soporte móvil del coche te puede hacer perder 200 euros (y 6 puntos)
Con la ley de tráfico, que entró en vigor hace casi un año -el pasado 21 de marzo-, las sanciones y multas al volante se veían acompañadas por una retirada de más puntos.
En el caso del uso del móvil mientras se conduce, la cantidad económica se mantiene en 200 euros, pero la cantidad de puntos que se restan al carné pasa de tres a seis puntos.
Retirada de puntos
Pero la retirada de puntos (y la multa de 200 euros) no se hace solo si se pilla al conductor con el teléfono móvil en la mano. Desde el 2 de enero del año pasado, si el agente de tráfico considera que la persona al volante se distrae con el dispositivo -lo que implica manipularlo o consultarlo sin tenerlo a la vista- la multa puede ser la misma.
Es decir, solo teniéndolo en la mano, aunque no se consulte y solo lo estemos colocando en el lateral del coche, nos pueden multar, si nos capta una cámara de seguridad de tráfico o un agente con el móvil en la mano. De hecho, la sanción será la misma que si nos pillan sin cinturón.
Dispositivos
La cuestión es que, según este baremo, tampoco están permitidos los soportes para móvil tipo ventosa que se enganchaban en el parabrisas o en el retrovisor, y la DGT solo permite aquellos que se enganchan en el salpicadero o los conductos de aire acondicionado.
El motivo no es otro que son elementos que impiden la visión del conductor. Amén de que, en un momento dado, pueden desprenderse e incluso llegar a causar un accidente.
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