Lentitud en los juzgados

El colapso judicial deja en el aire una indemnización de 5 millones para una familia por un accidente de tráfico

La fiscalía investiga el caso, que se inició hace 20 años y por el que dos condenados han resultado absueltos por prescripción del delito a causa de la dilación judicial

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Así quedó el coche en el que viajaba la familia afectada por el accidente ocurrido en Vilanova y la Geltrú el 12 de agosto de 2023

Así quedó el coche en el que viajaba la familia afectada por el accidente ocurrido en Vilanova y la Geltrú el 12 de agosto de 2023 / MOSSOS D'ESQUADRA

J. G. Albalat

J. G. Albalat

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Fue el 12 de agosto de 2003. Iba conduciendo su coche, en el que viajaba con su mujer y tres hijos, por el paseo Marítim de Vilanova y la Geltrú. De repente, y sin que se diera cuenta, otro vehículo que circulaba en sentido contrario se le echó encima. Su Peugeot quedó destrozado. La que peor salió parada fue su mujer, que padece tetraparesia (parálisis de extremidades) y requiere ayuda de terceras personas para sus ocupaciones habituales. Pero él y otro de sus hijos también sufrieron lesiones de tal magnitud que les otorgaron la invalidez permanente, mientras que los otros dos menores acusan secuelas de por vida. Veinte años después, el proceso judicial todavía no está resuelto. El colapso endémico de la justicia, el cúmulo de retrasos y una polémica sentencia en la que se aplica la prescripción del delito -precisamente por esta lentitud- ha dejado en el aire el pago de una indemnización que con los intereses alcanzaría los 5 millones de euros.

La trascendencia de la repercusión de la lentitud en que se ha tramitado este proceso judicial -y el peligro de que al final las víctimas no perciban ni un solo euro- ha originado que la fiscalía abra unas diligencias de investigación para averiguar a qué se ha debido esa enorme dilación y esclarecer también cómo es posible que la Sección Novena de la Audiencia de Barcelona haya tenido en su poder un recurso y haya tardado más de cuatro años en resolverlo. De hecho, el tribunal ha acabado absolviendo a los dos acusados (quienes conducían retándose y acosándose con acelerones) por la prescripción del delito debido a que la causa estuvo inactiva y paralizada. A su entender, no se pueden tener en cuenta los cambios de magistrados ponentes de la sentencia. Los acusados habían sido condenados en primera instancia a dos años de prisión y a una multa, y a dos años y medio de cárcel y a otra multa. 

La mujer del conductor afectado sufrió graves heridas y la paralización de parte del cuerpo

¿Y qué supone la prescripción? Según expone esta misma sentencia de la Audiencia, “la expresa renuncia por parte del Estado de derecho a juzgar en razón a que el tiempo transcurrido borra de alguna manera los efectos de la infracción”. Pero no solo eso. El tribunal no solo absolvía a los dos acusados que fueron condenados anteriormente por un juzgado, sino que también extendía esa exculpación a la compañía aseguradora de los vehículos que provocaron el grave accidente, lo que, de entrada, impide que las víctimas cobraran una indemnización de 940.000 euros (726.743 solo para la mujer afectada). Esta suma, aplicando los intereses legales, asciende a cinco millones. Una parte de esa cantidad -800.000 euros- ya ha sido percibida por los afectados, aunque la aseguradora podría reclamarlo si la situación no se modifica. Sin embargo, a petición del abogado de la familia perjudicada, Antonio Calet, los magistrados han aclarado que podrían acudir a la vía civil para reclamarla.

Último cartucho

“Uno espera de la justicia lo previsible, aunque sea tarde, lo que no espera es lo inesperado”. Con esta breve frase expresa el letrado Antonio Calet el resultado de este proceso judicial que empezó hace 20 años en un juzgado de Vilanova i la Geltrú. Ante la decisión de la Audiencia, solo hay dos posibilidades: solicitar la nulidad de dicha sentencia (lo que tardaría bastante) o impulsar lo que se denomina como auto de cuantía máxima. La familia afectada se ha inclinado por esta última posibilidad con el fin de dejar atrás el lastre que supone un proceso que dura ya 20 años. De esta manera, el abogado pedirá ahora al juzgado que cuantifique la indemnización para, así, poder reclamar por la vía civil. El litigio, por tanto, se alarga.

Dos conductores se retaron en una carrera, hasta que uno de ellos perdió el control y chocó con otro vehículo que circulaba en sentido contrario

El periplo por el que ha pasado este proceso judicial en sus dos décadas de historia no deja de sorprender. Tras el accidente, un juzgado de Vilanova i la Geltrú abrió una causa. El siniestro se produjo porque los dos vehículos conducidos por los dos acusados, acosándose el uno al otro, iniciaron una “conducción competitiva” por el paseo Marítimo de la localidad y circulando a una velocidad “notablemente superior” a la permitida, sostiene la primera sentencia, la condenatoria. Cuando se encontraban a escasos metros de una rotonda, el conductor de uno de esos turismos, que iba a 89 kilómetros por hora, perdió el control tras rozar el bordillo de la calle, derrapó e invadió los dos carriles en sentido contrario. Impactó frontalmente con el coche marca Peugeot donde viajaba la familia afectada.

Situacion temeraria

Tras el accidente, un juzgado de Vilanova i la Geltrú abrió un proceso judicial. No fue hasta el 27 de febrero del 2015 (habían pasado más de 11 años) cuando se celebró la primera sesión del juicio, que se prolongó durante varios días de abril y junio. Al cabo de tres años, el 15 de junio de 2018, se dictó la sentencia. Un juez penal de esta población condenó a R. M. H. y O. G. R. por conducción temeraria y lesiones causadas por imprudencia grave. “Ambos encausados, de modo consciente y voluntario, crearon una situación temeraria” y esta “supuso un grave peligro concreto para los usuarios de la vía, hasta tal punto de que se concretó en la colisión sufrida”, destaca el fallo judicial.

La sentencia del juez penal de Vilanova i la Gentrú fue recurrida y el caso llegó a la Audiencia de Barcelona el 7 de noviembre de ese mismo año, 2017, designándose un ponente para su redacción en septiembre. Como pasaba el tiempo y nada se movía, el fiscal presentó en 2021 un escrito reclamando el “impulso” de la causa y que el tribunal de la Sección Novena resolviera. Los cambios de magistrado ponente (han pasado tres) no favoreció a que así fuera. El último se abstuvo en febrero de 2023 y se tuvo que nombrar a otro. Al final, el 23 de mayo de este año, los jueces dictaron la sentencia y absolvieron por prescripción. La familia afectada por el trágico accidente sigue luchando para que se haga justicia.

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