Colapso judicial

De ocho meses a un año y medio para que el juzgado resuelva una incapacitación: "Estamos desbordados"

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El Juzgado de Primera Instancia número 40 de Barcelona, exclusivo en materia de apoyo a personas discapacitadas.

El Juzgado de Primera Instancia número 40 de Barcelona, exclusivo en materia de apoyo a personas discapacitadas. / FERRAN NADEU

J. G. Albalat

J. G. Albalat

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De ocho meses si no hay problemas a un año y medio si es un caso conflictivo. Ese es el plazo que tardan los juzgados de Barcelona en tramitar una petición para incapacitar a una persona con discapacidad -este proceso judicial ahora recibe el nombre de apoyo a la persona discapacitada-, cuando lo adecuado sería que ese periodo se limitara a dos o tres meses como máximo. Los tres órganos judiciales de Barcelona exclusivos que se encargan de resolver estas peticiones y nombrar a un asistente con representación, lo que equivale a la tutor, están colapsados. No solo porque el número de instancias que entran en los juzgados crece, sino porque una reforma legal que entró en vigor en septiembre de 2021 les obliga a revisar los casos antiguos a los tres años -unos 10.000 solo en la ciudad de Barcelona- y repetir esa operación a lo largo del tiempo también en los nuevos asuntos.

"Urge crear ya un nuevo juzgado de capacidad para poder dar respuesta a estos asuntos en un tiempo razonable”, afirma la jueza decana de Barcelona, Cristina Ferrando

En la capital catalana existen en la actualidad tres juzgados especializados en esta materia que se denominan de estado civil y capacidad (antes incapacidades). Estos tres órganos son los competentes para modificar la capacidad civil de una persona que sufra un deterioro cognitivo a causa de la edad o por porque tienen un problema de salud mental. Pueden actuar en diferentes ámbitos, como el sanitario, el personal o el económico. También gestionan las medidas de protección que se adoptan y se encargan de controlar los ingresos psiquiátricos involuntarios, una cuestión que deben resolver en 72 horas, tras la exploración del juez y el forense. Es decir: por las manos de estos funcionarios pasa el futuro de personas vulnerables que pueden ser víctimas de estafas, timos, malos tratos, entre otras fechorías, por parte de amistades o incluso de la propia familia.

“Los tres juzgados existentes están desbordados, no solo por los procesos que deben revisar por la reforma legal del 2021 -unos 10.000-, sino porque los casos nuevos también crecen. Todos los afectados son personas vulnerables. Es urgente la creación en 2023 de un nuevo juzgado de capacidad para poder dar respuesta a estos asuntos en un tiempo razonable”, sostiene la decana de los juzgados de Barcelona, Cristina Ferrando.

Por estos juzgados pasa el futuro de personas vulnerables que pueden ser víctimas de estafas o timos, malos tratos

“La nueva norma desarrolla los principios de la Convención Internacional de Nueva York de 2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad. Parte de un nuevo concepto de discapacidad que exige que las medidas judiciales de apoyo deben adaptarse continuamente a las circunstancias de la persona afectada. Se trata de un compromiso del legislador y de la Administración de Justicia basado en el máximo respeto a la capacidad de decidir de las personas. Sin más medios, el compromiso es inasumible por los juzgados de Barcelona”, precisa Ferrando.

Urge un nuevo juzgado

La junta de jueces y la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) han solicitado la creación de otro órgano judicial en la ciudad. La Conselleria de Justícia ha reconocido a este diario que es una opción que "está sobre la mesa " y "está abierta a estudiarla", aunque su puesta en funcionamiento depende del Ministerio de Justicia. La mayor longevidad de la población y la evolución de las enfermedades mentales hace cada día más necesario este servicio de protección judicial, según corroboran todas las fuentes jurídicas consultadas.

La saturación de los juzgados de capacidades barceloneses lo desvelan las cifras recogidas en la Memoria de los Juzgado de Barcelona de 2022. En 2021, se registraron 5.761 asuntos, y el año pasado, 5.998 (un 4,11% más), pero fue tras la primera ola de la pandemia del covid, en 2020, al dispararse las enfermedades mentales y las discapacidades, cuando se produjo el incremento más fuerte: el 16,06%. Debido a este aumento y a pesar del elevado ritmo de trabajo de estos órganos, no ha sido posible reducir el retraso que, a finales de 2022, ascendía a 481 asuntos.

Los tres juzgados especialistas se encuentran muy por encima del módulo de carga de trabajo considerado idóneo por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Destaca la situación del juzgado de capacidades número 40, con el 186% más de trabaajo de lo adecuado, y también el 58, que supera el 70%. El tercero no llega a esas cifras. A ese volumen de entradas de casos se suman los ingresos psiquiátricos involuntarios -2.843 en 2022 (55 a la semana, aunque ahora superan los 60) y que a causa de la pandemia del covid se dispararon- y las 10.000 revisiones de asuntos antiguos. Solo el juzgado de capacidad número 40 debe revisar 7.500 casos, y el número 58, 3.704. Un reto imposible con los actuales recursos.

La letrada de la administración de justicia del juzgado de capacidad número 40, Patricia Jimeno, corrobora que es inasumible revisar uno a uno los casos antiguos en tres años si no se crea otro juzgado y se reparte esta labor. Esta revisión supone, precisa, que el forense y el juez se entrevisten de nuevo con la persona con discapacidad con el fin de certificar si la situación ha variado o no. En los procesos abiertos a raíz de la reforma legal de 2021, esta medida se hará de oficio cada tres años. “Es una locura. Este trámite no viene acompañado de recursos y partidas presupuestarias”, incide. La agenda de su juzgado está llena y este julio se señalan comparecencias para otorgar el apoyo judicial para febrero o marzo de 2024, cuando el proceso debería durar solo dos o tres meses. En los casos conflictivos, la tramitación se alarga, dependiendo de los recursos que se presenten y si, al final, se decide presentar otro tipo de demanda. Entonces la espera puede ser de un año o un año y medio.

El proceso

El proceso es el siguiente. Cuando la petición llega al juzgado, el magistrado cita a la persona afectada a una entrevista judicial (así se llama técnicamente), en la que participa el togado, el forense y la letrada de la administración de justicia. “Se ha pasado del término jurídico de "incapacitado" a uno sanitario como es el de "discapacitado". Y no toda persona con discapacidad necesita ayuda”, recuerda la letrada.

Después de esa entrevista, se fija una comparecencia, en la que asisten no solo la persona con discapacidad, sino la que puede ser su asistente o tutor (si no hay se nombra a una entidad social) para saber si acepta esa misión. El fiscal también asiste a la vista porque las personas con discapacidad y los menores tienen una especial protección, y pueden participar los abogados de cada una de las partes. Tras ello, el juez resuelve, aunque cabe recurso y la interposiciñon de otro tipo de demandas civiles. Con la modificación legal, si la persona con discapacidad se opone a la medida, el caso se archiva, aunque se puede recurrir. “La voluntad de la persona con discapacidad está por encima de otras circunstancias”, apunta Jimeno. Los asistentes con representación nombrados, normalmente familiares, deben rendir cuentas cada año.

La nueva regulación está inspirada "en el respeto a la dignidad de la persona, en la tutela de sus derechos fundamentales y en el respeto a la libre voluntad de la persona con discapacidad, así como en los principios de necesidad y proporcionalidad de las medidas de apoyo que, en su caso, pueda necesitar" ese ciudadano "para el ejercicio de su capacidad jurídica en igualdad de condiciones con los demás". Esta normativa otorga preferencia a las medidas voluntarias, esto es, a las que puede tomar la propia persona con discapacidad.

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