Reforma de la ley del aborto

Pedir la baja por menstruación incapacitante es posible desde hoy jueves

MULTIMEDIA | "Con el dolor de regla no puedo ni estar de pie"

La regla sale del armario: "No queremos bajas, sino que se investigue para no tener dolor"

También entran en vigor los permisos a partir de la semana 39 de gestación y tras un aborto voluntario o involuntario

TERRASSA 27/02/2023 Sociedad. Reportaje sobre equidad menstrual. Vamos a un instituto a ver una charla sobre la regla y el uso de copas menstruales. Menstruación en clase . FOTO de ELISENDA PONS

TERRASSA 27/02/2023 Sociedad. Reportaje sobre equidad menstrual. Vamos a un instituto a ver una charla sobre la regla y el uso de copas menstruales. Menstruación en clase . FOTO de ELISENDA PONS / ELISENDA PONS

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Este jueves entran en vigor las nuevas bajas incluidas en la reforma de la ley del aborto aprobada el pasado febrero: por interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo y menstruación incapacitante, así como el permiso a partir de la semana 39 de gestación.

Desde la Sociedad Española de Ginecología y Obstetricia (SEGO) estiman que el número de personas que podrán acogerse a la baja por menstruación será limitado, dado que la norma establece que solo podrán pedirla pacientes con diagnostico de dismenorrea secundaria.

Concretamente, la reforma del aborto reconoce por primera vez "la situación de incapacidad derivada de una dismenorrea generada por una patología previamente diagnosticada": es decir, la existencia de una menstruación dolorosa que no permita la realización de las actividades diarias siempre y cuando haya sido acreditada por un médico y se trate de una "dismenorrea secundaria".

Este tipo de dismenorrea es aquella asociada a patologías como endometriosis, miomas, adenomiosis u otras dolencias como inflamación pélvica, ólipos endometriales, ovarios poliquísticos o dificultad en la salida de sangre menstrual.

Desconocimiento del dolor

El presidente de la SEGO, Txantón Martínez-Astorquiza, señala que entre el 15 y el 20% de las mujeres padecen dismenorrea primaria, es decir, dolor menstrual sin un motivo reconocido.

"Sospechamos que puede ser causada por un aumento de las prostaglandinas, porque cuando el útero se rompe para expulsar el endometrio duele, por las contracciones que tiene la regla o por el paso de la sangre y el material endometrial, pero no lo sabemos", concreta.

Estas mujeres se quedarían sin baja, pese a que "muchas veces esa dismenorrea primaria es tan dolorosa o tan incapacitante como las secundarias", en palabras de Martínez-Astorquiza.

Por esa razón el presiden de SEGO propone que los permisos por menstruación incapacitante las gestione un ginecólogo que haga las "pruebas pertinentes" a los pacientes que sufran esta dolencia y que, en caso de que estas no mejoren con el tratamiento, pueda ofrecerles la baja.

Permisos por aborto

En lo que respecta a las bajas tras haberse sometido a una interrupción del embarazo voluntaria o haber sufrido un aborto involuntario, Martínez-Astorquiza apunta a que estos permisos ya se estaban concediendo, aunque fuera por contingencias comunes y no específicas.

"Si tienes un aborto es un momento complicado ya sea voluntario o involuntario", señala el presidente de la SEGO, quien considera "lógico" que el periodo posterior deba ser "amparado por una baja" porque, "haya que hacer un legrado o un tratamiento farmacológico, ambos llevan consigo dolor y molestias".

Por su parte, la ley establece que el permiso a partir de la semana 39 del embarazo no se descontará de las 16 semanas de baja que corresponden por el nacimiento de un hijo.

En la sanidad pública

En los tres tipos de permiso el subsidio se percibirá desde el primer día de la baja, a diferencia de otros tipos de incapacidades temporales, donde la retribución empieza a partir del cuarto día.

Lo que no cambia son el porcentaje del sueldo percibido, que seguirá siendo inferior al 100%, y los requisitos de cotización para poder acceder a estas incapacidades, dado que es necesario haber trabajado 180 días en los 5 años previos a la baja.

El resto de medidas contempladas en la reforma de la ley del aborto entraron en vigor el día después de la publicación de la norma en el Boletín Oficial del Estado, es decir, el 2 de marzo.

La ministra de Igualdad, Irene Montero, instó la semana pasada a las diferentes comunidades autónomas a ejecutar las disposiciones en las que tienen competencia, como la creación de un registro de objetores en cada región o garantizar que todas las mujeres tienen la posibilidad de abortar en el hospital público más cercano a su domicilio.