Movilidad
DGT: su último aviso sobre el patinete eléctrico
Tráfico incide en advertencias y recomendaciones sobre este vehículo de movilidad personal ante su auge por las calles de nuestro país
El Periódico
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En pleno auge de la presencia de patinetes eléctricos por las calles de nuestro país, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado una serie de advertencias y recomendaciones a tener en cuenta para circular con todos los vehículos de movilidad personal (VMP) con plenas garantías, recordando que en 2020 se registraron 8 fallecidos que viajaban en este tipo de vehículos, 7 de ellos en vías urbanas y 1 en interurbana, “carreteras donde su uso está prohibido”, recuerda el ente.
Tráfico incide en que los VMP son “vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 km/h y 25 km/h”. Ante este perfil técnico, la DGT hace especial énfasis en la necesidad de someter al patinete eléctrico a un mantenimiento periódico y a revisiones técnicas. “No se recomienda utilizarlo si tiene piezas rotas, si la duración de la batería ha disminuido considerablemente, si hay fugas de aire o desgaste en neumáticos”, destaca el ente en su cuenta de Twitter.
También recomienda ir al taller “si hay sonidos al girar u otros síntomas anormales”. “En su limpieza use un trapo húmero evitando las zonas eléctricas. Nunca realice la carga de batería durante la noche, por si se recalienta y se incendia. La carga se debe realizar antes de que la batería se descargue por completo y nunca si el patinete está mojado o hay humedad”, advierte Tráfico.
Asimismo, recuerda que los VMP deben disponer de sistema de frenado, dispositivo de advertencia acústica (timbre), luces y dispositivos reflectantes traseros y delanteros. Y recomienda el uso del casco, “incluso cuando la ordenanza municipal no lo contemple como obligatorio” y seguro de responsabilidad civil.
Respetar la normativa
La DGT incide en la importancia de “conocer las normas que tienen que cumplir los usuarios de los vehículos de movilidad personal”, y pese a que cada ayuntamiento puede regular la circulación de los VMP, “todos los usuarios deben cumplir unas condiciones mínimas”.
“Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Si no la hubiera, se permite la circulación por cualquier calzada urbana. La velocidad de estos vehículos deberá estar entre 6 km/h y los 25 km/h”, destaca la DGT.
Asimismo, los conductores de patinetes eléctricos están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la ley de seguridad vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo. Deben llevar casco de seguridad y no utilizar el móvil o cualquier otro dispositivo mientras conducen.
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