Tropezó con unas vallas

Indemnizada con 15.000 euros una mujer que cayó por unas obras en Sant Feliu de Guíxols

El juzgado responsabiliza la empresa concesionaria y exculpa el ayuntamiento

Palau de Justicia de Girona

Palau de Justicia de Girona / ACN

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El juzgado contencioso administrativo 1 de Girona ha condenado a una empresa concesionaria a indemnizar con 15.572,38 euros a una mujer por una caída en Sant Feliu de Guíxols (Baix Empordà, Girona). Según recoge la sentencia, la mujer pasaba unos días de vacaciones en la población y la madrugada del 15 de agosto del 2019 tropezó con unas vallas que señalizaban unas obras para reparar una avería de agua.

El juzgado remarca que el tropiezo fue responsabilidad de la empresa porque las vallas estaban colocadas de tal manera que quedaron solapadas, levantándose de tierra y convirtiéndose así en un "obstáculo peligroso". La sentencia concluye que el ayuntamiento no es responsable de la caída.

El abogado de la mujer, Óscar Álvarez, interpuso el recurso al decreto del 22 de marzo de 2021 que desestimaba la reclamación de responsabilidad patrimonial que había hecho la mujer por los daños y perjuicios sufridos por la caída en la calle.

Un "obstáculo peligroso"

Ahora, el juzgado le da la razón y descarta que la mujer tropezara por culpa de una negligencia. La sentencia apunta que la empresa concesionaria es responsable de la caída porque las vallas estaban colocadas de tal manera que se convertían en un "obstáculo peligroso" para los peatones.

Además, la sentencia también expone que no se ha acreditado que las luces de emergencia funcionaran correctamente ni que en este punto de la calle hubiera "luminosidad plena" para ver la pata de la valla y evitar tropezar. "Resulta plenamente previsible por la empresa el hecho de que la elección de esta forma de cierre implicaba un riesgo alto de caída para las personas que, con toda seguridad, salvarían el obstáculo circulando alrededor de las vallas", concluye el juzgado.

A la hora de dirimir quién es responsable de la caída, la sentencia apunta totalmente a la empresa y descarta el ayuntamiento y su aseguradora para que se trata de una concesión. El juzgado estima parcialmente el recurso interpuesto por el abogado Óscar Álvarez y condena la concesionaria a indemnizar a la mujer con 15.572,38 euros, más intereses.

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