REFORMA LEGISLATIVA PENDIENTE

Pocos pleitos y alguna custodia compartida de la mascota

Un matrimonio llegó a discutir con quién se quedaban los dos periquitos que tenían en casa

Un gato en su casa de Barcelona.

Un gato en su casa de Barcelona. / periodico

J. G. ALBALAT / BARCELONA

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Habitualmente, el reparto de los animales de compañía en casos de divorcio se plasma en los convenios tras un acuerdo entre los cónyuges, explica la abogada Begoña de Urbiola. “No es habitual que se pleitee por un animal”, afirma. Una de las soluciones que se aplica en el caso de que el matrimonio tenga hijos es que la mascota vayan con los niños. Se puede pactar, incluso, una partida de pensión alimenticia gastos extraordinarios, como el veterinario. “La mejor solución es la consensuada, que se guía por el sentido común”, afirma la letrada. Esta abogada ha llevado un caso peculiar sobre dos periquitos, a los que la mujer quería como a sus hijos. Al final y a su pesar, se los cedió a su exmarido, aunque a los pocos meses volvieron con ella.

Sin embargo, hay casos, aunque pocos, que llegan ante la justicia. Hasta hace unos años, los tribunales otorgaban los animales a su propietario administrativo. Pero esa tendencia ha cambiado y se están dictando sentencias que apuestan por la custodia compartida (tenencia compartida, técnicamente) por el vínculo afectivo de la mascota con los dos miembros de la pareja.

SEIS MESES CON CADA UNO

En el 2010, un juzgado de Badajoz acordó la tenencia compartida y fijó iguales periodos de tiempo en los que el perro debía estar con la mujer y el hombre. La sentencia señala que “el principal papel del perro es hacernos compañía” y de esa relación “nacen grandes y sentidos afectos”. El juez sostenía que el can fue encontrado en Mérida y “ pasó a ser de los dos”. Prueba de la titularidad compartida es la existencia de dos cartillas veterinarias: una a nombre de ella y otra de él. Y agrega que fue “voluntad inequívoca” del matrimonio “hacer comunes los bienes adquiridos durante su unión” y, por lo tanto, los dos son copropietarios del perro. El reparto fue de  seis meses para cada uno.

Cada vez más se tiene en cuenta a la hora de decidir con quién se queda la mascota en casos de divorcio la persona que se ha encargado habitualmente del animal y los lazos afectivos, pasando a segundo término la titularidad administrativa, explica Leire López, del despacho Vosseler. "Catalunya es pionera", afirma la letrada, que destaca que en los convenios reguladores se está introduciendo el tema de las mascotas y los jueces están dictando sentencias que confirman la tenencia compartida del animal, normalmente tras un acuerdo entre los cónyuges. “El reparto de tiempo es equitativo, pero más amplios que los que se fijan para los hijos”, precisa. “No se suele pleitear solo por este tema y prima el sentido común”, reitera la letrada.