EN MURCIA
Pensión de maternidad al padre de dos niños nacidos de un vientre de alquiler
La justicia estima que el hombre tiene derecho a que la Seguridad Social le abone la prestación
El padre de dos niños nacidos en un país asiático de una madre de alquiler tiene derecho a que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le abone la prestación por maternidad, según se recoge en una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ).
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima así el recurso que el INSS presentó contra la resolución de un Juzgado de lo Social de Murcia que reconoció el derecho del demandante a percibir la prestación por maternidad de 18 semanas, sobre una base reguladora diaria de 114 euros.
El juez de lo Social recogió como hechos probados que los dos niños, mellizos, nacieron en la capital del país asiático dentro de la técnica de reproducción que se conoce como "gestación por sustitución".
Tras el alumbramiento, los pequeños fueron inscritos en el registro consular, y la madre biológica, a través de un documento notarial, renunciaba al ejercicio de cualquiera de las funciones inherentes a los derechos como madre.
RENUNCIA
Así, añadía la sentencia, daba su consentimiento al padre biológico para ejercer con exclusividad la guarda y custodia de los hijos, "así como todas las funciones parentales y obligaciones en tanto que padre genético, natural y único progenitor legal de los menores".
Igualmente acordaron que este sería el único beneficiario de cualquier prestación o subsidio que se pudiera solicitar en España, incluido el permiso laboral para el cuidado de los menores durante sus primeros meses de vida.
El demandante solicitó y obtuvo de su empresa el permiso de maternidad de 18 semanas para el cuidado y protección de los niños, pero al solicitar al INSS la prestación económica por maternidad se encontró con la negativa de este organismo.
Ahora, la Sala de lo Social del TSJ, al confirmar la sentencia del Juzgado que dio la razón al reclamante, comenta que el derecho que correspondería ejercer a la madre puede ser reclamado por el padre, en virtud de la renuncia aprobada por aquella en su día.
- La estación de Sants de Barcelona es para sentarse y llorar
- Tres detenidos en Barcelona por intentar comprar 500.000 euros en bitcoins con 1,2 millones en billetes falsos
- Ocupación de 150 migrantes en Badalona: la Justicia avala al Ayuntamiento y da 10 días para el desalojo voluntario
- La 'generación sándwich' se asfixia: 'Cuido de mi hija de 5 años y de mi padre, de 90 y con demencia
- Kensington Palace manda un comunicado de última hora sobre el estado de salud de Kate Middleton
- Jorge Fernández se despide entre lágrimas en 'La ruleta de la suerte': 'La mejor compañera que he podido tener
- ¿Cuándo llegará el próximo tsunami a la costa de España? Esta es la fecha de la que se habla
- Si no te han devuelto ya el dinero de la declaración de la renta, mala señal: podría ser por esto