Argumentos ante el TJUE
Boye sitúa a Puigdemont dentro de una "minoría nacional" para argumentar ante Europa que está "perseguido"
La justicia europea retira la inmunidad a Puigdemont y abre la puerta a nuevas euroórdenes
El Supremo prevé reactivar las euroórdenes sin esperar a que el TJUE resuelva los recursos anunciados
Ángeles Vázquez
Periodista
Periodista especializada en tribunales. Vivo entre la Audiencia Nacional, el Supremo y el Constitucional. Descubrí '100 cosas que hacer en Madrid al menos una vez en la vida' y lo conté en un libro.
Tanto los condenados como los prófugos de la justicia española del procés han trabajado desde el mismo otoño de 2017 con los ojos puestos en Europa. Entre los argumentos esgrimidos ante el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) y, la instancia superior, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont figura ser miembro de una "minoría nacional" y que, precisamente por esa condición, sufre una persecución política.
El artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos veta la discriminación de cualquier persona por ese motivo. "El goce de los derechos y libertades reconocidos en el presente Convenio ha de ser asegurado sin distinción alguna, especialmente por razones de sexo, raza, color, lengua, religión, opiniones políticas u otras, origen nacional o social, pertenencia a una minoría nacional, fortuna, nacimiento o cualquier otra situación", señala el reglamento por el que se rige la Unión Europea en lo relativo a los derechos humanos.
Gonzalo Boye, abogado de Puigdemont y de los eurodiputados, Toni Comín y Clara Ponsatí, lo ha esgrimido en todas las vistas en las que ha participado ante la justicia europea para combatir la legalidad del procedimiento que les aguarda en España por si alguna vez están a disposición de la justicia española.
Pese a ello las dos últimas sentencias dictadas por Europa no le han sido favorables a sus intereses. Al menos en principio. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea sentenció el pasado 31 de enero que un país no puede rechazar la entrega de un reclamado a otro país miembro salvo ante vulneraciones sistémicas de los derechos humanos, lo que no es el caso de España. Así restringía las posibilidades de que Bélgica se negara a entregar a los eurodiputados declarados en rebeldía, si se volvía a cursar una euroorden en su contra. La consulta española se produjo porque las autoridades belgas se habían negado a entregar al exconseller de Cultura Lluís Puig, con el argumento de que lo reclamaba el Tribunal Supremo, que no consideraban competente para investigarle.
Grupo identificable
El párrafo 102 de esa sentencia dice que "la autoridad judicial de ejecución de la orden de detención europea en cuestión debe determinar si existen elementos objetivos, fiables, precisos y debidamente actualizados que tiendan a demostrar la existencia de un riesgo real de que se vulnere, en el Estado miembro emisor, el derecho fundamental a un proceso equitativo garantizado por el artículo 47, párrafo segundo, de la Carta, en particular derivado del incumplimiento de la exigencia de un tribunal establecido por la ley, debido a deficiencias sistémicas o generalizadas en dicho Estado miembro".
Pero también añade: "O a deficiencias que afecten a un grupo objetivamente identificable de personas al que pertenezca el interesado". Y ahí es donde los independentistas, en general, y la defensa del expresidente de la Generalitat, en particular, creen que se podría justificar la negativa a conceder una euroorden.
Pese a que la sentencia sobre las euroórdenes es de enero y el TGUE retiró la inmunidad a Puigdemont el pasado mes de julio, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena mantiene las órdenes de arresto nacionales, pero aún no ha cursado nuevas órdenes de detención internacionales contra ellos. El magistrado quería esperar a que el Tribunal de Justicia de la UE se pronunciara sobre el mantenimiento cautelar de la protección parlamentaria que se preveía que el expresidente catalán incluiría en su recurso contra la sentencia, pero no lo hizo.
El instructor del 'procés' le preguntó entonces si había formulado recurso y solicitado medidas cautelares con el objetivo de decidir si cursaba finalmente la euroorden en su contra, pero entonces la defensa planteó la quinta recusación contra él por haberse pronunciado sobre la amnistía en una charla universitaria. Llarena la rechazó de plano en un auto, que ha vuelto a ser recurrido por la defensa de Puigdemont. Mientras tanto, la defensa no aclara si ha solicitado medidas cautelares o no.
Suscríbete para seguir leyendo
- Hacienda te devuelve 300 euros si tienes un hijo menor de 25 años y 900 si tienes dos: así tienes que ponerlo en la declaración de la renta
- Adiós a los cajones de la cocina: la solución con perchas que puedes colocar en cualquier parte
- El CEO publica la primera encuesta de la campaña de las elecciones en Catalunya
- Buenas noticias para los jubilados: la paga extra de verano viene con sorpresa
- Tiempo de Catalunya, hoy, viernes 26 de abril: empieza un esperanzador episodio de lluvias
- El mundo de la cultura, de Almodóvar a Serrat, convoca una concentración para pedir un alto el fuego en Gaza
- Precintan un local de Castelldefels por incumplir la normativa de seguridad, salubridad e higiene
- Pedro Sánchez, en directo hoy: las últimas noticias tras la carta del presidente sobre su posible dimisión y reacciones