Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional confirma la prisión provisional para el exjuez Presencia por "claro riesgo de fuga"

Los magistrados de la Sala de lo Penal dejan libre a Santiago Royuela, hijo de Alberto Royuela, uno de los cabecillas de la presunta organización criminal acusada de difundir noticias falsas, estafa o apropiación indebida, entre otros delitos

Fernando Presencia.

Fernando Presencia.

Tono Calleja Flórez

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la prisión provisional para el exjuez Fernando Presencia tras constatar "la adecuada, cabal y ponderada aplicación" de los preceptos legales por parte del instructor de la causa, Joaquín Gadea, que ha tenido en cuenta "el claro riesgo de fuga" que supondría su puesta en libertad provisional, según especifica un auto de 21 de julio, al que ha tenido acceso El Periódico de España, del grupo Prensa Ibérica.

El instructor decretó la prisión provisional para Presencia y varios de sus colaboradores por riesgo de fuga y reiteración delictiva como presuntos responsables de una organización encaminada al enriquecimiento ilícito mediante la difusión de noticias falsas contra, entre otros, componentes de Altos Organismos de la Nación, como es el caso del presidente de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Manuel Marchena.

Los magistrados refrendan esta decisión, prosigue el auto, pese a reconocer el arraigo de los integrantes de la presunta trama, sus avanzadas edades y sus patologías. Sin embargo, estas condiciones no limitan el peligro de fuga y la posibilidad de que reiteren sus conductas delictivas, pues en los recursos en los que piden su excarcelación mantienen incluso que "no cesarán de presentar denuncias bajo las modalidades ya aportadas".

Grupo criminal

La resolución de la Sala de lo Penal constata que contra Presencia, cuya defensa reclamaba la excarcelación, aparecen "graves indicios" de su posible participación en delitos de injurias y calumnias, pero también en los de estafa o apropiación indebida agravados, asociación delictiva y pertenencia a una organización o grupo criminal.

Y como ejemplo de este último delito, la Sala recuerda que Presencia creó en junio de 2018 la Asociación contra la Corrupción y en defensa de la Acción Pública (Acodap), que califican como "una estructura criminal con fines recaudatorio y de amedrentamiento de personalidades españolas, preferentemente del ámbito judicial". Estos altos funcionarios habría sido objeto "de denuncias falsas, acompañadas de documentos también falsos sobre su situación patrimonial".

Los magistrados basan sus conclusiones en las investigaciones practicadas hasta el momento, en especial los informes policiales y periciales incorporados a la causa que instruye el juez Gadea, cuya actuación respaldan. En concreto, aseguran que su desempeño "ha cumplido escrupulosamente con su deber de motivación, ofreciendo de modo razonado y razonable su versión acerca de la concurrencia del peligro de fuga y de reiteración delictiva que persiste".

Santiago Royuela

En otra resolución, de 27 de julio, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha acordado la libertad provisional de Santiago Royuela, hijo de Alberto Royuela, uno de los presuntos cabecillas de la organización criminal, al constatar que los hechos que se le atribuyen "no revisten la gravedad necesaria para el mantenimiento de su prisión ni tampoco para considerarle miembro de una organización o grupo criminal". No obstante, Santiago Royuela está obligado a comunicar su domicilio, entregar su pasaporte y comparecer cada quince días en la comisaría más próxima a su domicilio.

Estas decisiones sobre Presencia y Royuela se conocen días después de que el Tribunal Supremo archivara la querella que interpuso Presencia contra Marchena y otros trece magistrados,. El exjuez acusaba a la cúpula judicial española de prevaricación y otros delitos por inadmitir mediante una providencia de 21 de noviembre de 2022 el recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo que le condenaba a dos años y diez meses de prisión por los delitos de denuncia falsa y de calumnias con publicidad y contra la autoridad.