OPINAN LOS JURISTAS

Una reforma del delito de sedición para "cambiar de época"

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jregue54279112 los presos del 1 o en su comparecencia antes de su nuevo in200921134647 / EUROPA PRESS / PAU VENTEO

Júlia Regué

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El Gobierno encarrila una reforma del delito de sedición que podría acortar las penas de los independentistas condenados por el 'procés'. Los expertos en Derecho consultados por este diario coinciden en que este delito "corresponde a otra época", y son favorables de redefinirlo, aunque creen que responde a un asunto de "oportunidad política".

"No es una reforma neutra, pero el delito de sedición es un tipo penal muy decimonónico y hay que cambiar de época. Las leyes tienen que ir de la mano de los tiempos. ¿Hay que reformar el Código Penal? Eso lo decide el legislador", opina la catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla, Ana Carmona.

"No creo que la pena de sedición sea excesiva. El problema es calificar manifestaciones de protesta como sedición"

Jordi Nieva-Fenoll

— Catedrático de Derecho Procesal

Desde otra perspectiva, el catedrático de la misma materia de la Universitat de Barcelona, Xavier Arbós, cree que "los líderes independentistas han puesto en evidencia cómo conductas que podrían ser vistas bajo la óptica de un desorden público pasan a recibir penas desproporcionadas, porque se les aplica un tipo que puede ser utilizado como una bomba disuasoria o de represión potencial disuasoria", un extremo al que también se acoge el catedrático de Derecho Procesal de la Universitat de Barcelona, Jordi Nieva-Fenoll.

"No creo que la pena de sedición sea excesiva en el Código Penal. El problema es calificar manifestaciones de protesta como sedición", puntualiza. "Una cosa es considerar que una manifestación es sedición, lo que me parece una insensatez en cualquier país democrático, y otra es no poner una pena fuerte a una sedición de verdad, a una semana trágica como la de 1909", ejemplifica, y considera que esta iniciativa del Gobierno pretende "corregir una sentencia a posteriori", la del Tribunal Supremo, "por su desproporción brutal".

"Es un delito que no existe en muchas democracias, ha caído completamente en desuso y no tiene sentido en el siglo XXI"

Javier Pérez Royo

— Catedrático de Derecho Constitucional

Suprimir el delito

El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla, Javier Pérez Royo, va más allá: el delito de sedición debe "desaparecer" del Código Penal. "No existe en muchos países democráticamente constituidos y, quitando los presos del 'procés' y otro caso del año 80, no se ha aplicado. Es un delito que no existe, que ha caído completamente en desuso y que no tiene sentido en el siglo XXI".

Una reforma de esta magnitud, ¿ayuda a resolver el conflicto político? Arbós y Nieva-Fenoll ponen especial atención en que es una reforma de un delito en concreto, y recuerdan que hay otros condenados y encausados por el 'procés' por otros delitos como la malversación. "Esta reforma beneficiaría básicamente a los Jordis y a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell", afirma Nieva-Fenoll, que añade que, al estar inhabilitados, quedan excluidos de las instituciones.

"No es una reforma neutra, pero el delito de sedición es un tipo penal muy decimonónico y hay que cambiar de época"

Ana Carmona

— Catedrática de Derecho Constitucional

Cualquier retoque en el Código Penal tendría efectos retroactivos, es decir, se aplicaría de forma automática si beneficia a los reos. Si al aprobarse los presos hubieran cumplido una parte de la condena igual o superior a la que fije la modificación, saldrían automáticamente a la calle. Si la pena por sedición fuera inferior a la vigente, pero superior al tiempo transcurrido en prisión, podrían acogerse al tercer grado al haber cumplido una parte significativa de la condena.

Los baches

El recorrido de este cambio puede tener obstáculos. Para que salga adelante necesita la mayoría absoluta en el Congreso para remitirla al Senado. Si el Ejecutivo anda con prisas, puede pedir que se tramite por lectura única, por la vía rápida, con el aval de la Mesa. Arbós apunta que, en este punto, pueden empezar a surgir los baches para impedir la tramitación, ya que algunos grupos pueden alegar ante el Tribunal Constitucional (TC) que un trámite acelerado "lesiona su derecho a la participación" para conseguir una medida cautelar que la paralice, aunque ve "poco probable" que el tribunal la conceda.

"Este delito puede ser utilizado como una bomba disuasoria o de represión potencial disuasoria"

Xavier Arbós

— Catedrático de Derecho Constitucional

Después de que el hemiciclo diera luz verde al nuevo redactado, podrían presentar recursos de inconstitucionalidad al TC pidiendo la suspensión cautelar. Los expertos consultados ven "posible" a nivel técnico que la reforma salga adelante antes de febrero, pero matizan que más que una cuestión de tiempos, es una cuestión de mayorías. "El contexto no es el más favorable. No es imposible, pero sí muy precario", zanja Carmona. Pérez Royo añade: "Habrá que recuperar la mayoría de la moción de censura".

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