La Audiencia de Palma rechaza de nuevo imputar a Urdangarin por blanqueo
Manos Limpias había reclamado de nuevo encausar por este delito al duque de Palma y su exsocio Diego Torres
La Audiencia Provincial de Baleares ha desestimado la petición del sindicato Manos Limpias de rectificar el auto con el que el pasado mes de julio rechazó imputar a Iñaki Urdangarin por un presunto delito de blanqueo de capitales. La acusación popular había pedido que se modificase el sentido de la resolución para que tanto el duque de Palma como su exsocio Diego Torres y la mujer de este, Ana María Tejeiro, fuesen encausados por supuesto lavado de dinero de origen ilícito.
El magistrado Diego Gómez-Reino, presidente de la Sala Segunda de la Audiencia y único ponente para los recursos de alzada del 'caso Nóos''caso Nóos', argumenta en una providencia hecha pública este lunes que "el cuerpo del escrito en el que se solicita desborda el contenido de esta vía de aclaración o complemento". El blanqueo de capitales de Urdangarin ya fue desestimado en una anterior auto de la Audiencia, que dio la razón al instructor José CastroJosé Castro, frente a Manos Limpias, que insistió pidiendo una aclaración al agotarse el recorrido judicial de su tesis.
Gómez-Reino señala que "no acierta a comprender la preocupación de la parte sobre su consideración de ver limitado su derecho al ejercicio de la acción penal, toda vez que el fondo de la cuestión lo que determina es un problema de tipicidad o no, de determinadas conductas y, ni los hechos tratados parcialmente con ocasión del recurso, ni sus posibles calificaciones jurídicas vinculan, ni en este momento ni hasta el auto de apertura de juicio oral, a la parte".
El magistrado aclara a la acusación popular que "las resoluciones de esta Sala, en su función revisora, se limitan a dictarse a través de los parámetros que fija el apelante en su recurso y, sobre todo, de los particulares que para ello propone, sin que se puedan dar por entendidas, referidas o incluidas otras diligencias o conclusiones que existan en la causa general y no se hallan incluido materialmente en el rollo de apelación". Contra la providencia cabe recurso en el plazo de tres días.
Manos Limpias considera que los tres imputados son presuntamente responsables de un delito de blanqueo por cuanto se lucraron "en su propio beneficio" del dinero que de forma ilícita obtuvieron de las Administraciones públicas a través del Instituto Nóos y que posteriormente desviaron a sociedades de su entramado empresarial. Dinero que, según la letrada que representa al sindicato, "es fruto de presuntos delitos de prevaricación, malversación, fraude fiscal y falsificación documental, entre otros". Manos Limpias sostiene asimismo que habrían lavado los fondos que supuestamente habían defraudado antes a la Agencia Tributaria.
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