Opinión | Apunte

Redactor jefe de Economía
El laberinto de las hipotecas con el IRPH
La justicia europea devuelve a los tribunales españoles la pelota sobre las hipotecas con IRPH
¿Qué puede pasar con las hipotecas al IRPH? 3 claves de la sentencia de la justicia europea

Protesta frente a la Audiencia de Barcelona contra el índice IRPH.
Sí pero no, no pero sí. La justicia europea, a través del TJUE, ha devuelto de nuevo la pelota a los tribunales españoles sobre el índice hipotecarios IRPH, aunque con aviso incluido: deben priorizar la transparencia en los contratos. O sea, que el cliente debería haber sido informado claramente de las desventajas de este índice con respecto al euríbor.
Pero el caso es que el Tribunal Supremo decretó que esta referencia, la segunda en importancia tras el euríbor, puede que no fuera muy transparente (reprochable), pero no la consideró abusiva (punible). En su día quien escribe este texto tachó ese fallo de salomónico.
Agustí Sala¿El Rey Salomón en el Tribunal Supremo?
Ahora, según despachos consultados, se abre la puerta a nuevas denuncias de afectados por el IRPH, en especial, por la circular de 1994 en la que el Banco de España establecía que debía aplicarse un diferencial negativo al índice en cuestión para aproximarlo al de mercado (euríbor). Será cada juez el que deberá determinar si eso se hizo, se explicó al cliente y si hubo o no mala fe por parte del banco. Es decir, más que la falta de transparencia, los esfuerzos deberán empezar por esta parte, pero luego añadir la abusividad, que es la cuestión que podría acabar con un fallo en favor de los usuarios.
En realidad estamos ante un laberinto para los clientes que tienen este tipo de hipotecas (entre 500.000 y un millón, según las fuentes). Por una parte está la lectura que harán muchos despachos dedicados a pleitear contra el sector financiero, que trabajarán para hallar resquicios que conduzcan a demostrar falta de transparencia y abusividad.
Y, por el otro, los bancos, que se aferrarán a que todo lo que se tenía que saber sobre el IRPH estaba en el boletín oficial del Estado (BOE), al ser una referencia escogida, por ejemplo, por el Gobierno y las autonomías para la financiación de la VPO. No puede, por tanto, entenderse, a su juicio, que hubiera mala fe.
Lo veremos la próxima vez que alguien acuda a un juzgado y, pasados meses, sino años, qué determina el Supremo que, hasta ahora, ha sido poco receptivo con las peticiones de afectados.
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