Artículo de Guillem López Casasnovas

El débito de responsabilidad del Gobierno central

La mesa de diálogo, en La Moncloa

La mesa de diálogo, en La Moncloa / DAVID CASTRO

Guillem López Casasnovas

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No me gusta el concepto de ‘deuda histórica’ con el que se refiere el agravio del Estado con Catalunya: prefiero hablar de débito de responsabilidad del Gobierno central hacia al conjunto de los ciudadanos por su incapacidad para encajar mejor la relación de Catalunya dentro de España. Y es que aquellos que acostumbran a decir que gobiernan para el conjunto de la población, y no solo para los suyos, todavía es la hora que digan qué hacen por los miles de catalanes desafectos, contrarios a una situación que se eterniza por las dos partes. Mientras tanto, la aspiración de una parte a recuperar los recursos que piensa que ha meritado ante el otro, que lo niega o mira hacia otro lado, se identifica como aquella deuda.

Sin ponerle una fecha concreta, la deuda se adjetiva como ‘histórica’ para mostrar tiempo y paciencia, al coste de determinar su cuantificación con ganas. En todo caso, la idea de deuda histórica es un concepto importado; diría que de parte de los andaluces, y no tanto relativa a sus déficits fiscales (ellos tienen superávit) sino con motivo de su pobre desarrollo regional, de años de sentirse "olvidados", como si toda la culpa de esto fuera externa; como si la causa fuera el sector público y no un sistema productivo que ellos mismos han descuidado.

Para hablar de deuda tenemos que identificar antes una obligación, ya sea por un nexo jurídico conocido, un contrato o la voluntad de aceptación de la carga obligada. No hay vínculo jurídico cuando una parte no reconoce aquella obligación y un juez no la dictamina. La deuda histórica a la que algunos apelan del Estado con Catalunya se suele relacionar con la injusta financiación autonómica, olvidando que el referente de la balanza fiscal tiene que incluir también el drenaje que hace el Estado discrecionalmente desde sus propias competencias y recursos sobre el territorio: dinero recaudado que no devuelven nunca a Catalunya. Pero el Gobierno central no reconoce ninguna obligación de esto derivada, ni ningún juez (Tribunal Constitucional) lo dictamina. Más bien al contrario, por aquello de la jerarquía normativa (una ley orgánica de financiación ‘gritada’ desde la propia Constitución española que prevalece un Estatut, confrontando también una ley orgánica y además refrendada, pero aun así considerada de rango menor de manera que la disposición adicional tercera del Estatut no puede obligar al cumplimiento de mantener un nivel de inversiones por parte del Estado al nivel del PIB catalán, como recoge de manera unilateral aquella Disposición. Así pues, la idea de ’deuda histórica’ ni es un obligación tipificada ni es imponible frente a los tribunales, haciendo de aquel concepto solo un reclamo, un 'hashtag' reivindicativo sin virtualidad.

Sí que entiendo, sin embargo, que más allá de aquello legal, el gobierno central muestra con Catalunya un débito de responsabilidad, y si es causa de deuda la sufrimos todos juntos. Actuando el Estado como actúa (son las competencias estatales y su carencia de ejecución la causa principal del déficit fiscal), priva la economía española del buen funcionamiento de uno de sus motores más potentes. Déficits de infraestructuras, desastre ferroviario, rechazo a compartir sedes y poderes institucionales, carencia de apoyo para aquel buen talento del país para que pueda ser excelente y así poder competir dentro de Europa y el resto del mundo... No contar con el conocimiento de los mejores en favor de supuestos reequilibrios territoriales o sesgos ideológicos del nacionalismo español más excluyente es el gran débito de responsabilidad que tienen el Estado con Catalunya, y por extensión con el resto de españoles que ven también frenado su bienestar. A diferencia de la supuesta deuda de cuantía tanto concreta como imprecisa, aquel último es un débito silente, que no se ve tanto. Con efectos igualmente devastadores; así como a consecuencia de perjudicar y no favorecer el conocimiento; de buscar rédito político igualitarista allá donde tendría que primar la excelencia de los más eficientes y abrir la migración en los clústeres más preparados y no favorecer confinamientos territoriales institucionales en favor de un supuesto equilibrio territorial.

Si los impuestos que pagan los catalanes son única y exclusivamente del Estado, que los asigna discrecionalmente según las necesidades que él estima de cada territorio, olvidémonos del pacto fiscal. Este comportamiento del Estado es de hecho coherente con la noción de soberanía fiscal única, de la idea de que no hay catalanes sino españoles que viven en Catalunya, propia del nacionalismo español excluyente. Si así es como se entiende el Título Octavo de la Constitución, sin compartir ninguna soberanía significativa por el lado de los ingresos, dejamos de hablar de 'España país federal'. Y es que ‘federal’ viene de 'foedus', que quiere decir pacto, y solo cuando se pacta puede nacer una obligación que comporte una deuda.

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