Cooperación y globalización fiscal: ¿un nuevo paradigma?
José Luis Sánchez Torelló
Profesor del IQS School of Management - URL
José Luis Sánchez Torelló
La relación cooperativa dentro de un sistema tributario es un concepto relativamente nuevo y que nace en la OCDE a principios del siglo XXI. El profesor de la UB José A. Rozas Valdés, en su trabajo 'Los sistemas de relaciones cooperativas: Una perspectiva de Derecho comparado desde el sistema tributario español' (IEF, 2016) señala que, para obtener un nivel de eficacia y justicia tributaria aceptable, es necesario desarrollar nuevos modelos de organización y gestión de las relaciones jurídico-tributarias, apostando por un refuerzo de la autoridad fiscal en la línea de la participación y colaboración, y no por la confrontación.
En países de la UE como Reino Unido y Holanda se está desarrollando una corriente en la que el factor confianza es esencial para configurar las relaciones tributarias basadas en la cooperación (Administración-Contribuyente). Cuanto mayor es la confianza del obligado tributario en la Administración tributaria, menor es el riesgo de incumplimiento.
Para lograrlo, se debe tender a realizar políticas de transparencia tributaria, simplicidad normativa, coherencia entre las infracciones y sanciones tributarias, además de establecer servicios públicos que acerquen al ciudadano al cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro de un marco cooperativo. Ello llevaría, sin duda, a un menor grado de controversial fiscal, tal como demuestran los casos de los países citados anteriormente.
Esta tendencia cooperativa de gestionar los tributos se ve seriamente truncada por la existencia de diferentes sistemas fiscales dentro de una economía cada vez más globalizada, lo que genera de facto, una desigualdad en el tratamiento fiscal de las rentas generadas. Esto permite que las grandes empresas deslocalicen la tributación de sus rentas en otras jurisdicciones de menor carga fiscal. ¿Cómo podemos hablar de cooperación tributaria habiendo paraísos fiscales donde existe secreto bancario y otros territorios de baja tributación? ¿Qué confianza puede tener un contribuyente en un sistema fiscal no equitativo donde las multinacionales pueden eludir el pago de la factura fiscal sin demasiados inconvenientes mediante la aplicación de normas fiscales o convenios con estados soberanos ('Tax rules') con ventajas fiscales asombrosas?
La evasión fiscal es uno de los aspectos de preocupación de la política de la Unión Europea (EU). En enero de 2016, la Comisión Europea publicó una 'Recomendación para la implementación de medidas contra el abuso en los convenios fiscales'. Asimismo, y de forma coetánea, la Comisión del Parlamento y del Consejo de Europa publicó un documento de trabajo donde se intenta establecer las bases para evitar la evasión fiscal de las empresas en el marco de la UE. El paquete de medidas propuestas podría permitir -en el seno del mercado único- que los contribuyentes paguen los impuestos donde se generen, así como un efectivo acceso a la información tributaria de los estados miembros. La evasión fiscal se produce básicamente a través de tres canales: localización de activos intangibles, precios de transferencia y desplazamiento de deuda entre empresas (Proyecto BEPS).
Todos estos trabajos de la Comisión Europea convergen en la necesidad de una completa armonización fiscal en sede de la UE. Ya existen normas comunitarias que unifican determinados temas de imposición directa e indirecta, pero todavía hace falta llegar a una armonización completa en la UE para que las empresas puedan competir en las mismas condiciones y evitar deslocalizaciones de rentas a conveniencia.
El profesor Gabriel Zucman de la Universidad de Berkley, en su libro 'La riqueza oculta de las naciones' (2014-Pasado&Presente) relata, entre otras cuestiones, cómo se crearon los paraísos fiscales y el quebranto financiero que provocan a la economía mundial. El citado profesor propone una serie de medidas para combatir el fraude fiscal como es la cooperación internacional en el intercambio de información fiscal mediante el establecimiento de un catastro financiero mundial en el que se identifiquen los titulares de activos financieros que permita fluir la información fiscal entre los países, supervisado todo ello, por una entidad similar al Fondo Monetario Internacional (FMI). También propone gravar los beneficios generados en el mundo de manera que se repartan entre los estados que los han generado en función de unas variables como son las ventas, rentas salariales, capital productivo etc..
Estas propuestas no son una entelequia, ya que en algunas zonas del planeta ya se realizan o se están proyectando y es cuestión de que las principales economías del mundo se pongan de acuerdo para aplicar medidas fiscales armonizadas que eviten la evasión fiscal y se tienda a corregir el desequilibrio económico mundial considerado como precursor principal de la desigualdad social. Las relaciones tributarias cooperativas y la globalización fiscal han de ser en los próximos años un nuevo paradigma del sistema tributario internacional.
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