LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES
Hipotecas: el valor de la prevención
Los notarios llevamos años reivindicando el reconocimiento legislativo de un control de legalidad efectivo que nos permita rechazar las cláusulas abusivas en las escrituras
Joan Carles Ollé
Decano del Col·legi Notarial de Catalunya.
JOAN CARLES OLLÉ
La sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 14 de marzo de 2013 supuso un auténtico terremoto en el sistema hipotecario español, efecto traumático que se ha repetido con la reciente sentencia de 21 de diciembre de 2016 del mismo tribunal. Casi cuatro años después seguimos instalados en un escenario que contribuye muy poco a la confianza y seguridad de nuestro sistema jurídico. El legislador español en este periodo, ciertamente, ha realizado diversas reformas, siendo las más destacadas la ley 1/2013 de protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social y la ley 1/2015, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social, además del reciente RDL 1/2017 sobre devolución de cláusulas suelo.
En general, se trata de medidas positivas que han permitido avanzar en la protección de los derechos de los consumidores y en la corrección de las disfunciones de nuestro sistema hipotecario. También diversas comunidades autónomas, en el marco de sus competencias en materia de consumo, han legislado de manera correcta reforzando la posición del consumidor. Así, por ejemplo, en Catalunya tenemos la ley 20/2014 de reforma del Codi de Consum, la ley 24/2015 de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética y la reciente ley 4/2016 de medidas de protección a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial.
ATRAPADOS EN EL CONFUSIONISMO Y LAS POLÉMICAS
Resulta evidente la insuficiencia de estas medidas legislativas, a menudo fragmentarias, dado el confusionismo y polémicas en que seguimos atrapados. La trasposición de la directiva europea sobre crédito hipotecario 2014/17/UE, en la que están trabajando los Ministerios de Economía y Justicia, es una excelente ocasión para resolver definitivamente los principales problemas que la legislación y jurisprudencia europea ha planteado a nuestro legislador. Las reformas de estos años se han centrado básicamente en las carencias del procedimiento judicial de ejecución, pero no se han atendido en profundidad las nuevas necesidades de la fase contractual y precontractual. El sistema actual de control de las cláusulas abusivas, basado en sentencia firme e inscripción en el registro de Condiciones Generales de la Contratación, ha fallado estrepitosamente.
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Los notarios llevamos años reivindicando el reconocimiento legislativo de un control de legalidad efectivo que nos permita rechazar las cláusulas abusivas en las escrituras (ver mi artículo en EL PERIÓDICO 'Hipotecas: personas más protegidas' de 10 de abril de 2013), así como de un control de transparencia que nos permita intervenir y verificar el cumplimiento de los deberes de transparencia e información en la fase previa a la firma de la escritura, para garantizar mejor los derechos de los consumidores. Reforzar legislativamente el papel y las funciones del notario en materia hipotecaria ha de ser un elemento clave de la futura reforma. La justicia preventiva es la solución.
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