SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE DERECHOS HUMANOS

Europa afirma que Batasuna no cabe en una democracia

El tribunal de Estrasburgo califica de «necesidad imperiosa» la ilegalización

Arnaldo Otegi, en agosto del 2002, en una protesta contra el cerco judicial a Batasuna.

Arnaldo Otegi, en agosto del 2002, en una protesta contra el cerco judicial a Batasuna.

MARGARITA BATALLAS
MADRID

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La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo contra Batasuna se ha hecho esperar seis años y solo amargó el día a los miembros y simpatizantes de la fuerza ilegal. El resto recibió el fallo con satisfacción, aunque el PNV pidió tiempo y los partidos independentistas se desmarcaron de la celebración general. Estrasburgo, con su decisión unánime, legitima la lucha de España contra ETA.

El Tribunal Europeo rechaza sin contemplaciones la pretensión de Batasuna, que pidió la anulación de su ilegalización dictada por el Supremo en el 2003 y ratificada por el Constitucional en el 2004 por entender que esta medida vulneraba su derecho a la libertad de expresión y de asociación. Previamente, el juez Baltasar Garzón había suspendido sus actividades en el 2002.

Para Estrasburgo, la expulsión de esta fuerza era una «necesidad social imperiosa» para acabar con el «gran peligro» que suponía para la democracia española. Los jueces europeos afirman que la formación Batasuna era un instrumento de ETA y que esta relación «se puede considerar objetivamente como una amenaza» para España.

LOS MOTIVOS / Los magistrados explican que la democracia se enriquece con las opiniones que se manifiestan desde el diálogo y sin recurrir a la violencia. Por ello, defiende que se ilegalice a los partidos cuyos responsables «proponen un proyecto político que no respeta una o varias reglas de la democracia» o que propugna la destrucción de la misma al «ignorar» los derechos y las libertades de los ciudadanos.

Además, este tipo de comportamientos --a juicio del tribunal de Estrasburgo-- pueden «provocar movimientos violentos en la sociedad que perturbarían el orden público». Por ello, rechaza que el Gobierno español haya pretendido con la ilegalización de Batasuna «eliminar cualquier debate relativo a la izquierda independentista vasca». Por el contrario, los jueces europeos subrayan que varios partidos «separatistas» coexisten «pacíficamente en varias comunidades autónomas españolas».

Asimismo, Estrasburgo aclara a Batasuna que su anulación está justificada por la multitud de declaraciones de sus dirigentes, como su portavoz, Arnaldo Otegi, en manifestaciones celebradas en el País Vasco, o en actos de reconocimiento a etarras en las que se defendió «la lucha armada como la única vía». Estas actividades, en opinión del tribunal europeo, han sobrepasado los límites, razón por la cual rechaza que su anulación obedezca a su negativa a condenar la violencia.

Sin embargo, Estrasburgo advierte a la fuerza ilegalizada de que si esta fuera la única causa para decretar su disolución, también contaría con su visto bueno. «Algunos silencios» –dice el fallo– «pueden equivaler a tomas de posición» y ser tan claros como un «apoyo explícito». Esta afirmación puede poner contra las cuerdas a otras fuerzas como Iniciativa Internacionalista que sigue sin condenar a ETA.

Además, el tribunal europeo defiende la «intervención preventiva del Estado» para evitar la realización de «un proyecto político incompatible» con las reglas democráticas y que, además, tiene el riesgo de «comprometer la paz civil». Por este motivo, defiende que los Estados exijan a las fuerzas políticas que respeten y «salvaguarden los derechos y las libertades» de los ciudadanos, y que su programa político «no contradiga los principios fundamentales de la democracia».

EL PROCEDIMIENTO / Además, Estrasburgo rechaza que la ley de partidos políticos, aprobada en el 2002, les haya impedido defenderse. Por el contrario, el tribunal argumenta que el texto legal les explicó «suficientemente» los comportamientos que podían «provocar su disolución o su suspensión judicial». Y también avala que se les haya podido aplicar retroactivamente la ley.