Movilidad

La Guardia Urbana de L’Hospitalet puso casi 2.000 multas a usuarios de patinetes eléctricos en 2022

La mayoría de sanciones se aplicaron por circular en aceras o zonas peatonales (689) y no respetar los semáforos (378)

Un conductor de un patinete

Un conductor de un patinete / JOSÉ LUIS ROCA

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La Guardia Urbana de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelonès) puso el pasado año un total de 1.937 sanciones a usuarios de patinetes eléctricos, tanto en los servicios ordinarios y como durante las campañas de control de la circulación de estos vehículos de movilidad personal (VMP) que realizó en toda la ciudad.

De este modo, las denuncias de 2022 superan significativamente las 1.505 de 2021 y las 750 de 2020, año en el que la movilidad también se vio afectada por las restricciones aplicada para frenar las primeras olas del covid-19.

La mayoría de las multas -que se despliegan en un abanico de 80 a 1.000 euros, según la gravedad de la infracción- son por: circular en aceras o zonas peatonales (689), no respetar los semáforos (378), no obedecer las señales de prohibición u obligación (212), transportar a pasajeros en el vehículo (205), utilizar auriculares (131) o dispositivos de telefonía móvil (81) y conducir de forma negligente (123).

El control por parte de la Guardia Urbana de los patinetes eléctricos responde, aseveran desde el consistorio, al "gran número de quejas ciudadanas e incidentes motivados por la circulación de estos vehículos de movilidad personal por las vías y espacios públicos de la ciudad" y por el incremento de su accidentalidad.

La normativa

Desde el Ayuntamiento de L'Hospitalet recuerdan que en 2021 entró en vigor una modificación de los reglamentos generales de circulación y de vehículos que regula en todo el Estado el uso de los patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal, a la espera de futuras normativas que deben incidir en la unificación de los criterios que cada municipio aplica en ese ámbito.

Con esta regulación, remarcan, queda prohibido su uso por las aceras y las zonas peatonales, deben circular preferentemente por los carriles bici o las vías 30 de uso compartido, sólo pueden ser utilizados por una persona y deben limitar la velocidad a 25 km/h. La normativa actual también impide a los VMP circular por vías interurbanas, travesías, túneles urbanos, autopistas y autovías.

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