Agencia Tributaria

La multa de 15.000 euros de Hacienda por no cumplir este simple requerimiento

Ratificada por una sentencia del Tribunal Supremo

Dos personas consultan la web de la Agencia Tributaria a través de un ordenador y un móvil.

Dos personas consultan la web de la Agencia Tributaria a través de un ordenador y un móvil. / El Periódico

Pedro Sanjuán

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Es posible que, para poder cumplir con su cometido, la Agencia Tributaria pueda solicitar a un contribuyente más información fiscal que la que el mismo organismo tiene e, incluso, podría solicitarle que acuda presencialmente a una cita en una de sus oficinas.

Desoír ese requerimiento -u otros- puede acarrear consecuencias fatales para el bolsillo de la persona requerida, que tiene el deber legal de colaborar con Hacienda.

Así, una sentencia judicial del Tribunal Supremo ha confirmado una multa de 15.000 euros impuesta a una sociedad unipersonal que no atendió un requerimiento de la Agencia Tributaria para que se personara en una de sus oficinas, ofreciéndole incluso distintas fechas y horas para que lo hiciera.

El socio único y administrador único se negó de forma reiterada a atender la llamada de Hacienda, incluso habiendo sido advertido que de no hacerlo se le podría abrir un expediente sancionador.

La Justicia entendió la decisión del contribuyente como una obstrucción a las actuaciones tributarias, imposibilitando una inspección, para calificar posteriormente esa negativa a colaborar como infracción tributaria.

Otros motivos de sanción

Además de lo anteriormente expuesto, los contribuyentes también pueden ser sancionados por no recoger las notificaciones que les pueda enviar Hacienda, sean del tipo que sean.

Conocidas por muchos como "cartas del miedo", lo cierto es que las notificaciones que los ciudadanos pueden encontrar en sus buzones suelen provocar nerviosismo entre los destinatarios de las mismas. Relacionadas habitualmente con asuntos de Renta, tributación o trámites pendientes, ignorarlas no es una buena opción y no sólo porque la administración continuará con los procedimientos que han provocado su emisión sin que los afectados sepan de qué se trata, sino porque, además, Hacienda podría sancionar ese desentendimiento del interesado.