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limpiadora-extranjera / CARLOS MONTAÑÉS

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El pasado 31 de marzo se publicaron en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una serie de cambios y modificaciones de la Orden PCM/74/2023. Dicha orden contiene todas las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023.

La última modificación implementada por Hacienda afecta, principalmente, al sector de la limpieza del hogar y al salario de estos trabajadores.

Modificación del SMI

Tras la reciente subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), el sueldo de las empleadas y empleados del hogar es de los que más se han modificado, ya que por ley, estas trabajadoras y trabajadores deben cobrar ,como mínimo, el total establecido por el SMI anualmente.

Subida de 80 euros al mes

Este incremento del salario mínimo supone una subida de 80 euros al mes en el sueldo de cada empleada y empleado del sector, pasando de 1.000 a 1.080 euros brutos mensuales.

Así pues, los empleados de este ámbito laboral se verán beneficiados a la hora de calcular la cuantía de futuras prestaciones de la Seguridad Social. A su vez, esto también implica modificaciones en sus tablas salariales para 2023 y el incremento de sus bases de cotización, tal como ha avisado la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) en su perfil oficial de Twitter.

Nuevas bases de cotización

Estas bases se determinan según el sueldo que cobre mensualmente el empleado o empleada del hogar. De momento, hay 8 tramos diferentes en función de su retribución mensual.

  • Ingresos hasta 291 euros mensuales: base de cotización de 270 euros mensuales.
  • Ingresos entre 291,01 y 451 euros mensuales: base de cotización de 386 euros mensuales.
  • Ingresos entre 451,01 y 613 euros mensuales: base de cotización de 532 euros mensuales.
  • Ingresos entre 613,01 y 775 euros mensuales: base de cotización de 694 euros mensuales.
  • Ingresos entre 775,01 y 939 euros mensuales: base de cotización de 858 euros mensuales.
  • Ingresos entre 939,01 y 1.098 euros mensuales: base de cotización de 1.018 euros mensuales.
  • Ingresos entre 1.098,01 y 1.260 euros mensuales: base de cotización de 1.260 euros mensuales.
  • Ingresos a partir de 1.260,01 euros para arriba: base de cotización será igual que la remuneración mensual.