La justicia vuelve a dar la razón a Foment contra el boicot de la ANC a empresas no independentistas

La Audiencia Provincial de Barcelona rechaza un recurso de la organización separatista y vuelve a acusarla de cometer boicot con su campaña 'Consum Estratègic'

Una jueza falla contra la ANC y considera que boicoteó a las empresas no independentistas

Josep Sánchez Llibre, presidente de Foment

Josep Sánchez Llibre, presidente de Foment / EL PERIÓDICO

Agustí Sala

Agustí Sala

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

Nuevo varapalo judicial a la Assemblea Nacional Catalana (ANC) por la campaña 'Consum Estratègic' de 2018 contra productos de empresas no independentistas. La Audiencia Provincial del Barcelona ha dado la razón a Foment del Treball tras rechazar el recurso de la organización independentista contra una sentencia del juzgado mercantil número 11 de Barcelona de 202 que declaraba que la campaña de esta entidad constituía "un acto de obstaculización, en la modalidad de boicot, de la cláusula general del artículo 4 de la Ley de competencia desleal".

La resolución, ante la que se puede imponer un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, destaca que "las conductas descritas son aptas para perjudicar a los competidores que no se adhieran a la campaña, no solo las denominadas empresas del Ibex, del BOE o del palco del Beranbeu, sino, como hemos dicho, cualquier otra que sea por no compartir el ideario de la ANC o por no cumplir los requisitos para inscribirse, no sea calificada de proveedor estratégico" (...) El fallo afirma que la calificación de no ser “proveedor estratégico”, creada por la ANC tenía en el mercado "un efecto negativo por motivos totalmente ajenos a la eficiencia, la calidad o el precio de las prestaciones".

Estos dictámenes coinciden con las resoluciones previas de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y que ordenaron la clausura definitiva de la web con el buscador de empresas afines a las posiciones independentistas. En noviembre de 2018, un año y un mes después del referéndum del 1-O, la ANC anunció la puesta en marcha de una campaña bautizada como "Consum estratègic".

Tras el 1-O

Según esta inicitativa, la entidad independentista -por aquel entonces presidida por Elisenda Paluzie- iniciaba la elaboración de una lista de empresas afines a sus posiciones y llamaba a la población a consumir únicamente en estas. Para así beneficiar, según argumentaron, a las posiciones favorables a la independencia de Catalunya. Posteriormente lanzó una página web con un buscador de compañías simpatizantes y las presentó como una alternativa a aquellas empresas "que han participado en la campaña del miedo". Ante dicha iniciativa, Foment del Treball presentó una denuncia ante los tribunales al considerar que dicho acto suponía un boicot y un acto de competencia desleal. La organización patronal ganó la primera denuncia en el juzgado mercantil y ahora la impugnación presentada por la ANC ante la Audiencia Provincial.

El fallo considera que la conducta propiciada por la ANC "carece de justificación competitiva o concurrencial, ya que no se tienen en cuenta la eficiencia de las prestaciones para discriminar determinadas empresas y productos". A su vez destaca que estas conductas no se presentaron aisladamente sino que la organización recurrió a webs, ferias, charlas y rueda de prensa, que demuestran una acción "coordinada" encaminada a un "acto de obstrucción, concretamente de boicot" (...).

La Audiencia justifica su decisión en la protección del derecho a la libertad de empresa y la economía de mercado, derechos reconocidos en el artículo 38 de l Constitución. Y recuerda que, en relación a esta campaña "ya se han dictado 4 sentencias que declaran la ilegitimidad de su actuación, tanto a la luz del derecho español como del europeo".