Sistema fiscal
¿Quién paga (realmente) los impuestos?
El impuesto mínimo del 15% en sociedades logra reportar a Hacienda 538 millones en 2023
Hacienda recauda 623 millones con el impuesto a grandes fortunas, menos de la mitad de lo previsto
Agustí Sala
Redactor jefe de Economía
Además de El Periódico, trabajé de 1989 a 1990 en La Economía 16, como responsable de Economía en el Diari de Barcelona, de 1989 a 1990; en la sección de Economía de TVE Catalunya de 1987 a 1989, en Antena 3 de Radio, de 1985 a 1987 y en el Diari Menorca, de 1983 a 1985 y Radio 80-Menorca. Además la licenciatura en Ciencias de la Información por la Universitat Autònoma de Barcelona (1992-1986), tengo un posgrado en dirección general (PDG) 2011-2012y un curso de Márketing Digital y Redes Sociales por la EAE Business School
Los impuestos no solo los soportan los obligados a tributar: por ejemplo, las empresas el impuesto de sociedades. Sus efectos van más allá y se trasladan a precios y costes. Es por ello que se considera necesario impulsar los análisis de incidencia de los tributos mediante microdatos, una práctica mucho más extendida en otros países que en España, según explica David López Rodríguez, responsable de la Unidad de Análisis Macrofinanciero y Política Monetaria del Banco de España en el blog del instituto monetario.
La pregunta esencial es: "¿Quién paga los impuestos?". Y la respuesta parece obvia: quienes están obligados legalmente a ello. Por ejemplo, los trabajadores cuando se gravan sus salarios (IRPF), las empresas cuando han de declarar sus beneficios (impuesto de sociedades) o los consumidores cuando realizan sus compras (IVA). Pero la cuestión no es tan simple porque las subidas o bajadas de impuestos tienen una especie de efecto de 'onda expansiva' mediante la que, "en ocasiones, los obligados a tributar pueden trasladar una parte de la carga tributaria a otros agentes".
Solo analizar la incidencia impositiva permite determina quién realmente paga los impuestos, apunta el autor. Y expone algunos ejemplos. Una empresa puede decidir que para reducir el impacto sobre sus accionistas de una subida del impuesto sobre sus beneficios, "puede intentar repercutirla a los consumidores (aumentando sus precios), a los proveedores (reduciendo los pagos de sus compras) e, incluso, a los trabajadores (reduciendo sus salarios)". En resumen, el impuesto de sociedades se traslada a través de los cambios en los precios a los consumidores, los costes a los proveedores y los salarios a los trabajadores y en distintos grados e intensidades.
Y como la economía no es tan simple sino que depende de muchos elementos y variables, la capacidad de la empresa afectada para trasladar una parte del impuesto depende de varios factores como el nivel de competencia en los mercados, el poder de negociación salarial de los trabajadores y el grado de movilidad internacional de las bases impositivas.
Estudios
El autor defiende los análisis de incidencia impositiva para conocer quién acaba pagando realmente los impuestos. Desde hace un tiempo, proliferan los estudios de este tipo gracias al acceso de los investigadores a datos administrativos individuales de los contribuyentes. En España son poco frecuentes, pero no así en otros países, como EEUU y estados de la UE.
En el caso del impuesto sobre los beneficios empresariales, la evidencia para Estados Unidos es que la mitad de la carga tributaria asociada a este gravamen se traslada a los consumidores a través de mayores precios, un 30% recae sobre los trabajadores -vía menores salarios-, y solo un 20% sobre los accionistas -que reciben menos dividendos-. En Alemania, en cambio, los trabajadores soportarían la mitad de la carga de estos gravámenes. Esta traslación sería especialmente intensa para los trabajadores menos cualificados, que tienen una menor capacidad de negociación de sus salarios.
Por lo que respecta al IVA, destacan los análisis de los distintos países de la Unión Europea (UE) entre 1996 y 2015. Los resultados apuntan a que el reparto de la carga tributaria entre consumidores y empresas fue diferente cuando los tipos impositivos subieron de cuando bajaron. En particular, la traslación de incrementos del IVA a (mayores) precios fue del 55%, mientras que la traslación de rebajas en este tributo a (menores) precios solo alcanzó el 13%.
En España, según el autor, los análisis de incidencia impositiva "son escasos y están condicionados por las restricciones de acceso a microdatos tributarios a las que se enfrentan los investigadores". Entre los estudios disponibles existe una evaluación de la rebaja del IVA cultural en 2017. Tras el estudio se detectó una modesta reducción de los precios finales como consecuencia de dicha medida. En sentido opuesto, la rebaja del IVA de determinados alimentos (exención temporal para los huevos, el pan o la leche, entre otros alimentos básicos y bajada del 10% al 5% en aceites y pastas) a principios de 2023 se habría trasladado en un porcentaje elevado a unos menores precios finales de los productos afectados por la medida.
Otro de los estudios analiza el impacto de la modificación del impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD) en 2018, que es un tributo cedido a las comunidades autónomas. Esta reforma supuso que los bancos –y no el titular de la hipoteca– pasaran a ser los agentes gravados por el tributo. Los resultados de este trabajo sugieren que el 80% del gravamen se trasladó a los hipotecados en forma de mayores tipos de interés y que los individuos con menores ingresos soportaron una traslación mayor.
Uno de los futuros objetivos de la política económica en España debe ser una reforma fiscal con el reto de reforzar la sostenibilidad de las finanzas públicas. El autor reitera la necesidad de profundizar en el análisis de la incidencia impositiva en este contexto para conocer mejor cómo afectan las subidas y bajadas de impuestos y quiénes se benefician o se ven perjudicados realmente por las mismas. Es por ello, agrega, deseable "impulsar de forma decidida el acceso de los investigadores a los microdatos tributarios". Esta sería la manera de entender mejor quién paga realmente los impuestos en España. "Este aspecto resulta indispensable de cara tanto a la configuración actual del sistema tributario, como a una eventual revisión del mismo", concluye.
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