Fiscalidad
El nuevo impuesto para fortunas de más de 3 millones, tras la campaña de la renta
El gravamen afecta especialmente a comunidades que liberan del pago del tributo del patrimonio, como Madrid, Andalucía o Galicia
Agustí Sala
Redactor jefe de Economía
Además de El Periódico, trabajé de 1989 a 1990 en La Economía 16, como responsable de Economía en el Diari de Barcelona, de 1989 a 1990; en la sección de Economía de TVE Catalunya de 1987 a 1989, en Antena 3 de Radio, de 1985 a 1987 y en el Diari Menorca, de 1983 a 1985 y Radio 80-Menorca. Además la licenciatura en Ciencias de la Información por la Universitat Autònoma de Barcelona (1992-1986), tengo un posgrado en dirección general (PDG) 2011-2012y un curso de Márketing Digital y Redes Sociales por la EAE Business School
Este verano habrá un estreno impositivo. Del 1 al 31 de julio se tendrá que presentar el nuevo impuesto estatal que que grava los patrimonios de más de tres millones de euros y que afectará esencialmente a comunidades como la de Madrid, que libera a los contribuyentes del impuesto del patrimonio. El plazo previsto es en julio porque los afectados podrán deducirse el importe pagado por el gravamen de patrimonio, que está cedido a las autonomías y que se presenta como el de la renta (IPF) entre el 11 de abril y el 30 de junio. El objetivo es prevenir que los grandes patrimonios tengan que pagar impuestos dos veces por el mismo hecho imponible.
Este nuevo gravamen, que grava el ejercicio 2022, se comienza a recaudar este año. En principio se trata de un tributo temporal para 2023 y 2024, incluido en el paquete de medidas del Gobierno para paliar los efectos de la guerra en Ucrania. En Catalunya, para evitar que una parte de este impuesto fuera a parar a las arcas del Estado, el Govern ha creado un nuevo tramo a partir de 20 millones de euros al 3,48%. Así se ingresarán 12 millones de euros adicionales que, de otra manera irían a parar a las arcas del Estado al entrar en vigor el tributo temporal para patrimonios superiores a tres millones de euros. La tarifa actual alcanza un tipo máximo del 2,75% a partir de 10.695.996,06.
El gravamen estatal recae sobre los patrimonio entre 3 y 5,3 millones de euros, que estarán sujetos a un impuesto del 1,7%; aquellos entre 5,3 y 10,6 millones de euros incurrirán en una tasa del 2,1%; y los patrimonios superiores a 10,6 millones de euros tendrán un gravamen del 3,5%. Para establecer la cantidad de este impuesto, se aplicarán las normas establecidas en la ley del impuesto de patrimonio. Esto incluye una reducción en concepto de mínimo exento general de 700.000 euros. Según los datos aportados por el Ministerio de Hacienda, este impuesto afectará únicamente a un 0,1% de la totalidad de los contribuyentes, lo que se traduce en aproximadamente 23.000 contribuyentes.
Supresión o mantenimiento
Aunque se puso en marcha con vocación temporal, la verdad es que, al término del período de vigencia, se evaluarán los resultados y, a la vista de estos, se pueda proponer su mantenimiento o supresión. Este nuevo impuesto, que se introduce para aumentar la recaudación y armonizar la normativa autonómica, se configura como un tributo directo, personal y complementario del impuesto sobre el patrimonio, que grava la riqueza neta de las personas físicas por encima de tres millones de euros.
Se aplica en todo el territorio nacional (sin perjuicio de los regímenes forales vasco y navarro y de lo dispuesto en los tratados y convenios internacionales que formen parte del ordenamiento interno) y no puede ser objeto de cesión a las comunidades autónomas. Los sujetos pasivos están obligados a presentar una declaración si su cuota tributaria, calculada de acuerdo con las normas del impuesto, resulta a ingresar una vez que se hayan aplicado las deducciones o bonificaciones correspondientes.
La introducción de este nuevo impuesto afecta especialmente a los contribuyentes residentes en comunidades autónomas en las que el impuesto de patrimonio está bonificado, como ocurre en el caso de las comunidades de Madrid y Andalucía (bonificado al 100%) y, en menor medida, en Galicia (bonificado al 50% desde 2023 -25% en 2022-). Sin perjuicio de la cuestión de la residencia de los contribuyentes, la introducción de este nuevo gravamen puede afectar a muchos contribuyentes y familias, fundamentalmente empresarias, en relación con la estructura societaria, la composición de su patrimonio personal/empresarial, los sistemas de retribución establecidos y, en definitiva, con todos aquellos aspectos que pueden llegar a resultar clave en el ámbito de la tributación patrimonial, según explican los asesores fiscales.
Madrid es la comunidad que ha recibido con mayor beligerancia este nuevo impuesto. La presidenta de la Comunidad, Isabel Ayuso, del PP, fue la primera en abrir el fuego judicial. El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid presentó el pasado 31 de enero en el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad contra el llamado "impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas", solicitando, además, la suspensión cautelar del nuevo tributo. El alto tribunal estudiará la petición pero rechazó suspenderlo. También la Junta de Andalucía, presidida por el también popular Juanma Moreno Bonilla, lo ha impugnado.
A su vez la patronal catalana Foment del Treball se ha mostrado también contraria al gravamen y su presidente, Josep Sánchez Llibre, hizo un un llamamiento a los contribuyentes con patrimonios netos de más de tres millones de euros para que presenten un recurso administrativo contra el impuesto nada más pagarlo, de modo que si en un futuro se declara su inconstitucionalidad, puedan beneficiarse de la resolución.
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