Protección social
Escrivá amplía los permisos y ayudas para trabajadores con hijos con cáncer grave
Los trabajadores que tengan que cuidar a personas con enfermedades graves y más de un 65% de discapacidad podrán acogerse a una protección especial hasta que el dependiente cumpla 26 años, tres más que antes

cancer / Francesc Casals


Gabriel Ubieto
Gabriel UbietoRedactor
Periodista de economía, centrado en el mercado laboral. He crecido como redactor en El Periódico, antes hice prácticas en La Vanguardia y escribí durante seis meses desde Chile para Hemisfèria.cat. Ganador del premio Ramon Barnils (2015) por el reportaje "Els ultres prenen partit".
Los trabajadores con hijos o menores a cargo que padezcan un cáncer o enfermedad grave verán ampliadas sus ayudas y permisos hábiles tras la entrada en vigor de la nueva reforma de las pensiones. Tal como publica este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE), aquellos empleados que tengan que cuidar a personas con dolencias graves y que tengan acreditado más de un 65% de discapacidad podrán acogerse a una protección especial hasta que el dependiente cumpla 26 años, tres más que lo dispuesto hasta ahora.
La normativa de Seguridad Social confiere una protección especial para aquellos trabajadores que se vean obligados a reducir su jornada laboral para cuidar, acompañar y pasar más tiempo con un hijo o menor acogido de manera permanente al que le detecten y deba tratarse un cáncer o una enfermedad grave, como, por ejemplo, trastornos de la conducta alimentaria, lesiones medulares severas o esclerosis múltiples, entre otros. [Esta es la lista de enfermedades graves reconocidas por la Seguridad Social]
Aquellos empleados que tengan que reducirse un 50% o más de su jornada laboral tienen derecho a una pago a cargo de la Seguridad Social que viene a compensar el sueldo que dejan de percibir de la empresa, al dejar de trabajar gran parte de su horario. Hasta ahora esa transferencia, conocida como ‘prestación económica por cuidado de hijos’, estaba disponible hasta que el menor enfermo cumpliera 18 años. Y era prorrogable hasta sus 23 años si persistía el cáncer u otra enfermedad grave que precisara de ingreso hospitalario o tratamiento continuado.
Ahora la reforma diseñada por el ministro de Inclusión, José Luis Escrivá, amplía ese umbral para aquellos casos más graves y vulnerables. Según recoge la norma publicada este viernes en el BOE (que ya rige, si bien debe superar todavía el trámite en el Congreso), los trabajadores tendrán derecho a ampliar la reducción de jornada y el cobro de subsidio hasta los 26 años del paciente, siempre que este acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
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