reforma jurídica

El Govern obliga a reducir el 50% del alquiler de los locales cerrados por la pandemia

Tiendas y bares cerrados en Lleida, este lunes 13 de junio, día en que debía comenzar el nuevo confinamiento

Tiendas y bares cerrados en Lleida, este lunes 13 de junio, día en que debía comenzar el nuevo confinamiento / periodico

Max Jiménez Botías

Por qué confiar en El PeriódicoPor qué confiar en El Periódico Por qué confiar en El Periódico

El Govern obligará a reducir a la mitad los alquileres de los locales comerciales cerrados forzosamente por la pandemia. La reducción será del 50% en caso de que arrendatario y propietario no se pongan de acuerdo en otras modificaciones y podrá ser inferior en el caso de que el establecimiento registre restricciones parciales. El decreto que el Ejecutivo catalán ha aprobado este martes en el Consell  Executiu prevé que los inquilinos puedan pedir cambios "razonables" en las condiciones del contrato pero si no hay acuerdo a través de la negociación, la reducción del alquiler será obligatoria mientras dure la suspensión total de la actividad o la reducción proporcional en caso de restricciones parciales.

Para dar cobertura legal a la reducción, el decreto prevé que en dos años el Govern incluya la cláusula 'rebus sic stantibus' en el ordenamiento jurídico, que permite la revisión de las obligaciones y contratos cuando, por circunstancias sobrevenidas, se rompe el equilibrio y a una de las partes le resulta imposible su cumplimiento. Según han confirmado fuentes del Govern, el decreto para la reducción de los alquileres priorizará que haya acuerdos entre inquilinos y propietarios, pero incluye la imposición de hasta el 50% si es imposible la vía negociada en el plazo de un mes.

Reducción de horarios

También contempla la reducción proporcional igual a la mitad de la pérdida de aprovechamiento del inmueble si hay reducciones de horarios u otras limitaciones. El objetivo de la medida aprobada es "evitar el cierre de empresas y la pérdida de puestos de trabajo, así como eludir la judicialización de los posibles desacuerdos que se produzcan en esta negociación",  ha comentado Meritxell Budó, conseller de Presidencia y portavoz del Govern. La medida, no solo afectará a bares y restaurantes, también a teatros, gimnasios y centros de estéticas, que se ven obligados a cerrar o limitar su aforo.

Contarán también como negocios cerrados --y tendrán acceso a la medida-- los restaurantes, cafeterías y bares que funcionen haciendo entregas de comida para llevar o a domicilio, por lo que, ante la falta de acuerdo, la reducción de la cuota de sus alquileres será de la mitad.

"Ha habido petición del sector de la restauración , y somos conscientes de las dificultades que arrastran con el covid-19 y había que acompañarlo", ha explicado Budó al comentar que las medidas se han puesto en marcha solo para los responsables del negocio que debe permanecer cerrado por las medidas contra la pandemia, y no para los propietarios de los inmuebles que pueden necesitar esos ingresos. "No se descarta ayudar a los pequeños propietarios y se verá en los próximos días en el plan de choque en el que está trabajando el Govern", añadió.

El Gremi de Restauració de Barcelona ha valorado la medida adoptada por la Generalitat como "paso histórico y supone atender la demanda planteada por el sector al inicio de la pandemia; que arrendadores y arrendatarios (y no solo los arrendatarios) compartan las pérdidas que genera y continuará generando la crisis". Destaca, asimismo,la asociación de profesionales que, según una encuesta de clima empresarial realizada por el gremi a finales de julio, dos de cada tres restauradores arrendatarios no ha conseguido una rebaja del alquiler cuando lo ha solicitado.

Otras ayudas a la restauración

A la reducción del 50% del alquiler, el Govern suma un paquete de ayudas de 40 millones de euros que ofrecerá a la restauración y los centros de belleza que han tenido que cerrar. Según cálculos del Ejecutivo, se podrán recibir hasta 1.500 euros por negocio para compensar los 15 días decretados de cierre y cubrir gastos como el alquiler o los suministros. El dinero se otorgará hasta el fin de la partida presupuestaria aprobada. También se ha aprobado un línea de financiación del Institut Català de Crèdit (ICF) para impulsar la reactivación de los negocios de la restauración y otros comercios tras el cierre. La línea de préstamo es de 20 millones y estará avalada por la sociedad pública Avalis. Cada sociedad podrá acceder a los 15.000 euros de préstamos.

El Consell Executiu, además, ha decidido incrementar el presupuesto del 2020 con 420 millones de euros destinados a gastos extraordinarios de todos los departamentos a causa de la pandemia . Esta partida es el resultados de lo criterios de flexibilización del déficit fijados por el Gobierno central. La dotación incluye 72 millones para diferentes gastos transversales; 26 millones para gastos relacionados con la vivienda; 20 millones para políticas de protección social; 13 millones para industria y 13 más para cultura

Cobertura legal

Para dar cobertura legal a la medida, el Gobierno aprobará en el plazo máximo de dos años un nuevo proyecto de ley para incorporar al ordenamiento jurídico la cláusula 'rebus', que permite establecer la regulación necesaria para que se pueda renegociar un contrato en caso de "cambios imprevistos de circunstancias".

Fuentes del Gobierno admiten que la normativa podría ser recurrida por el Gobierno español en el Tribunal Constitucional,  pero la consideran necesaria teniendo en cuenta la dramática situación económica del sector de la restauración. El Gremio de Restauración pidió al Gobierno que la reducción fuera del 75% y mostró sus dudas sobre la cláusula 'rebus' y los problemas derivados de la falta de acuerdo entre propietarios e inquilinos.

El principio legal que pretende incorporar el Govern de Catalunya ('rebus sic stanitibus') está presente históricamente en la jurisprudencia, permite instar la revisión de las obligaciones que emanan de un contrato o acuerdo cuando estas se convierten inasumibles e imposibles de satisfacer como consecuencia de un cambio repentino, imprevisible y radical de las circunstancias. Es  un principio antitético del conocido 'pacta sunt servanda' que consagra la inviolabilidad de las obligaciones contraídas.

Hasta ahora se entendía como un principio general de derecho que no necesariamente estaba consagrado en una ley en España. El Govern lo traslada al Código Civil, y su efecto puede ir mucho más allá de la problemática del pago del alquiler de los locales de restauración que se ha destacado preferentemente, puesto que puede afectar a cualquier servicios regulado por un contrato.