REACCIÓN

¿Por qué los bancos creen que la sentencia del IRPH les favorece?

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IRPH / periodico

Max Jiménez Botías / Pablo Allendesalazar

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Los bancos españoles interpretan la sentencia del TJUE como un triunfo para sus intereses. De hecho las acciones de las principales entidades financieras han reaccionado con fuertes subidas en bolsa tras conocerse el dictamen, de entre el 3% y el 7%. Su cierre, sin embargo, ha sido mucho peor, pero no por el contenido del fallo sino por la decisión de la Reserva Federal (FED) estadounidense de bajar los tipos para combatir los efectos económicos del coronavirus, ya que los inversores interpretan que el Banco Central Europeo (BCE) podría seguir sus pasos, lo que penaliza los ingresos bancarios. 

Así, CaixaBank, el banco más expuesto a la sentencia, ha subido un 3,74% en la sesión, lejos de sus alzas máximas del día, y Bankia ha repuntado apenas un 0,62%. Peor suerte han corrido BBVA (-0,86 %), Sabadell (-0,77%) y Santander (-0,60%). En cualquier caso, la entidades y los inversores entienden que el TJUE deja en manos de los jueces españoles la decisión sobre cada caso y en ese terreno debe prevalecer la jurisprudencia del Tribunal Supremo en la que señala que el índice IRPH es perfectamente legal. La cuestión por tanto es si cuando los bancos vendieron esas hipotecas, lo hicieron de forma transparente o no.

“La sentencia, como ya se había anticipado, está básicamente alineada con las conclusiones del abogado general. No existe un reproche general de antijuridicidad ni respecto al uso del IRPH ni sobre las cláusulas de los contratos que lo contienen. No obstante, en la medida en que hubieran podido producirse situaciones de falta de transparencia en el proceso de contratación de las hipotecas habrá de realizarse un análisis individual, caso a caso, por los órganos judiciales competentes en España para decidir al respecto y actuar en consecuencia”, afirmaba Francisco Uría, socio responsable del sector financiero de KPMG en España.

Por otra parte, los despachos de abogados que han abanderado la causa del IRPH consideran que podrán seguir litigando en los juzgados en el caso de que consideren que a sus clientes se les 'colocó' el índice sin tener conocimiento de su efecto.

“Evidentemente, resulta previsible un aumento de litigiosidad por este concepto. No obstante, es también relevante tener en cuenta que ya se habían producido decisiones judiciales, incluso del Tribunal Supremo, que habían resultado favorables a los bancos en esta controversia por lo que el resultado de esas demandas no tiene por qué ser necesariamente negativo para ellos. Esto explica la favorable respuesta que se ha producido en los mercados, y sobre todo en relación a las entidades a las que se había identificado más con el índice, al entender que el resultado finalmente producido es probablemente el más favorable que hubiera cabido esperar para los bancos españoles”, aseguraba Uría.

"Los bancos están contentos, porque lo peor que les podía haber pasado era que el TJUE declarara el índice ilegal, lo que les permitirá ir caso a caso", ha comentado Jesús María Ruiz de Arriaga, propietario del despacho del mismo nombre, que lleva 12.000 casos relacionados con el IRPF. "Pero una vez más el TJUE le ha tenido que enmendar la plana al Tribunal Supremo Español", agrega, "ya que daba por hecho que el IRPH es un índice transparente en sí mismo. Y eso no es así", agrega.

Litigiosidad asegurada

Habrá litigiosidad. Destacan los abogados dos aspectos clave de la sentencia: la transparencia la tiene que decidir el juez, "pero la mayoría de contratos no superan el criterio de la transparencia. Eso es lo que hemos visto en los 1.500 casos que llevamos", comenta Óscar Serrano, abogado del Col·lectiu Ronda. Ese despacho apunta que si los jueces tiene que decidir si un índice se ha 'colocado' con el conocimiento absoluto del cliente, "van a encontrar muchos casos en los que eso no ha sido así", agrega.

El otro aspecto controvertido de la sentencia es la sustitución del IRPH por otro índice cuando se considere que este se ha incorporado de forma abusiva. Muchos contratos de hipotecas señalan que el índice sustitutorio del IRPH Cajas, que es el más común en esas hipotecas, podía ser sustituido por IRPH Entidades, que es prácticamente similar. "No podrán sustituirse un índice por otro", afirma Serrano. Y en el caso en el que el juez determine que el IRPH debe ser sustituido por el índice más utilizado, el euríbor, la cuestión es desde cuando debe comenzar a aplicarse ese índice, lo que resulta relevante para la factura que sí que tendría que pagar el banco al cliente por el diferencial del tipo de interés.

Procesos judiciales lentos

En todo caso,  los nuevos procesos judiciales que se emprendan no serán rápidos, ya que deberán presentarse a través de los juzgados especializados que entienden sobre las cláusulas hipotecarias, incluidas la cláusulas suelo. "Esos juzgados, a pesar de que han mejorado algo sus recursos, no cuentan con los medios suficientes para resolver con rapidez los casos que se les presentan. Al final, será un nuevo abuso del sistema judicial", ha comentado Arriaga. "En todo caso, estaría bien que los jueces recuerde que la jurisprudencia del TJUE está por encima de los tribunales nacionales", agregó.

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