Nueva normativa

Así te afecta el registro de jornada obligatorio con control horario: 10 claves

Las compañías tienen la obligación desde el 12 de mayo de tener un control "fehaciente" de las horas que trabajan sus empleados, bajo pena de multa de hasta 6.250 euros

Registro de jornada laboral

Registro de jornada laboral / periodico

Gabriel Ubieto

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La obligación por parte de las empresas de tener un registro del horario que realizan sus trabajadores, una de las principales novedades en materia laboral de la pasada legislatura, ya está en vigor. Esta norma fue aprobada en el Consejo de Ministros del pasado 8 de marzo y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 12 de marzo.

Índice de contenido

1. <a href="#qué es el registro obligatorio de jornada de trabajo">¿Qué es el registro obligatorio de jornada de trabajo?</a><br/> 2. <a href="#Cuándo entra en vigor la obligación de control horario">¿Cuándo entra en vigor la obligación de control horario?</a><br/> 3. <a href="#Quién debe garantizar el registro diario de la jornada laboral">¿Quién debe garantizar el registro diario de la jornada laboral?</a><br/> 4. <a href="#Cómo ha de llevarse a cabo el registro">¿Cómo ha de llevarse a cabo el registro?</a><br/> 5. <a href="#Qué debe hacer la empresa con los datos registrados">¿Qué debe hacer la empresa con los datos registrados?</a><br/> 6. <a href="#Qué pasa si una empresa no tiene un registro horario">¿Qué pasa si una empresa no tiene un registro horario?</a><br/> 7. <a href="#Qué se considera tiempo de trabajo efectivo">¿Qué se considera tiempo de trabajo efectivo?</a><br/> 8. <a href="#Qué ocurre con los empleados con jornadas laborales irregulares">¿Qué ocurre con los empleados con jornadas laborales irregulares?</a><br/> 9. <a href="#Cómo computar el teletrabajo en el registro de jornada laboral">¿Cómo computar el teletrabajo en el registro de jornada laboral?</a><br/> 10. <a href="#Cómo afecta el registro obligatorio de jornada a los autónomos">¿Cómo afecta el registro obligatorio de jornada a los autónomos?</a>

1. ¿Qué es el registro obligatorio de jornada de trabajo?

2. ¿Cuándo entra en vigor la obligación de control horario?

3. ¿Quién debe garantizar el registro diario de la jornada laboral?

4. ¿Cómo ha de llevarse a cabo el registro?

No existe normativa alguna que especifique el mecanismo concreto mediante el cual una empresa tenga que habilitar el registro de jornada. El decreto ley publicado en el BOE dice que este debe elaborarse "mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa".

5. ¿Qué debe hacer la empresa con los datos registrados?

6. ¿Qué pasa si una empresa no tiene un registro horario?

7. ¿Qué se considera tiempo de trabajo efectivo?

8. ¿Qué ocurre con los empleados con jornadas laborales irregulares?

9. ¿Cómo computar el teletrabajo en el registro de jornada laboral?

10. ¿Cómo afecta el registro obligatorio de jornada a los autónomos?

El decreto ley del registro de jornada no afecta directamente a los trabajadores autónomos, ya que este solo está pensado para los asalariados. Los trabajadores por cuenta ajena, en teoría, venden sus servicios libremente al mejor postor y, por lo tanto, no están vendiendo su tiempo de trabajo directamente, sino un producto fruto de este. Es por ello que los autónomos no deben guardar registro alguno de las horas que realizan.

No obstante, aquellos trabajadores autónomos que tengan trabajadores a cargo si deben llevar a cabo un control de jornada, pero no de ellos, sino de sus asalariados. En este sentido, el trabajador autónomo actúa como un empresario y asume las responsabilidades propias de este.