Sentencia judicial
Absueltos tres activistas por el derecho a la vivienda por ocupar un centro de belleza
La fiscalía reclamaba tres años de prisión para el portavoz del Sindicato de Llogaters y dos personas más
El juez sostiene que la acción se realizó de manera pacífica y que no se coaccionó a la gerente del local
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
Un juzgado penal de Barcelona ha absuelto al portavoz del Sindicat de Llogateres, Jaime Palomera, y a los activistas Alpha Mikeliunas y Fran Ortega de los presuntos delitos de coacciones y allanamiento de morada por la ocupación el 17 de octubre del 2018 del Instituto de Belleza Francis y por el que la fiscalía reclamaba para cada uno de ellos tres años de prisión. Es la primera vez que se reclamaba una pena tan elevada contra el sindicato de inquilinos. La sentencia destaca que actuaron de forma pacífica.
El origen de la acusación contra el Sindicato de Inquilinos se remonta al año 2018, cuando la familia Fradera Bes, propietaria de diversas viviendas en Barcelona, no prorrogó el contrato que mantenía con Alpha Mikeliunas y Fran Ortega, en la calle de Floridablanca. Los inquilinos ya habían denunciado que estaban siendo sometidos a un proceso de mobbing inmobiliario, conviviendo con desperfectos, agua no potable y plagas, entre otras. En el contexto de ese conflicto, el 17 de octubre de 2018, el sindicato de inquilinos convocó una protesta en el Instituto de Belleza Francis, de la familia Fradera Bes.
La sentencia del Jugado Penal número 11 de Barcelona relata que con "el fin de denunciar públicamente la situación arrendaticia de los acusados (Alpha y Fran), dar a conocer a la opinión pública su petición de cambios legislativos y de poder dialogar directamente con la propiedad y no con la administradora de la finca", los tres participaron en unas concentraciones convocadas el 21 de junio y 7 de julio de 2018 ante el Instituto de Belleza Francis, en Barcelona. El juez, sin embargo, sostiene que no se ha acreditado que los encausados "llevaran a cabo una campaña de desprestigio, difamación y hostigamiento a la familia" Fradera.
No paró la actividad del local
La acción de protesta se repitió el 17 de octubre de 2018. Los activistas convocaron ese día una concentración en la plaza Urquinaona para dirigirse y reunirse ante el salón de belleza, que acabaron ocupando de 30 a 40 personas, entre ellos los imputados. Los manifestantes repartieron panfletos y con un megáfono y pancartas protestaron por la situación por la que vivía Alpha y Fran, permaneciendo en el local "de forma pacífica", pese "a lo incómodo de la situación para las clientas que continuaron recibiendo sus tratamientos", detalla la sentencia. La resolución argumenta que ningún testigo narró en el juicio "que se produjera ningún acto de violencia ni intimidación, sino que la situación no gustaba a las clientas". En ningún momento se impidió la entrada y la salida.
El juzgado subraya que no se ha acreditado que los concentrados "mantuvieran en el local con violencia e intimidación" y que sobre las 17:00 horas llegaron al acuerdo de reunirse al día siguiente con el abogado de la familia y abandonaron el lugar. En este mismo sentido, incide que se ha quedado probado que existieron coacciones hacia la genente del establecimiento, que no salió no salió de su despacho hasta que finalizó la protesta, desconociendo los acusados que la misma se hallaba en su interior.
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