SENTENCIA CONTRA EL ICS

Un juez ordena indemnizar con 300.000 euros a una paciente que fue 150 veces a Urgencias en 19 años

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Unjuezha dictaminado que el Institut Català de la Salut (ICS) deberá indemnizar con 300.000 euros a unapacienteque, pese a visitar más de150 veces Urgenciasy centros hospitalarios en19 años, no encontró solución a su dolencia, llegando a diagnosticársele que erahipocondríaca.

El magistrado asegura que "este es un caso evidente y escandaloso de fallo generalizado del sistema médico", por el que la paciente se ha visto sometida a tortura médica, según él, llegando a ser diagnosticada de las más variadas dolencias. Cientos de médicos en cientos de visitas no consiguieron resolverlo, apunta.

Según la sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo 17 de Barcelona, la mujer había sido intervenida de una ligadura de trompas, que le dejó dolores en la zona, lo que la llevó a visitar Urgencias durante dos decenios hasta ser diagnosticada deprolapso uterino (descenso del útero) en un centro privado, que la operó con éxito.

Vía crucis

El abogado César Querol ha declarado que su defendida está ahora muy bien después de este "horrible" camino en el que ha sido acusada hasta de hiponcondríaca, y que aunque ahora el ICS tiene 15 días para recurrir el fallo, la sentencia "es contundente".

La paciente había sido operada en 1984 en el Hospital de Sant Boi, a los 25 años, para su esterilización tubaria mediante laparoscopia y sin incidencias durante la intervención, aunque desde esa fecha "se inició una larguísima serie de visitas a centros hospitalarios" por molestias pelvianas, narra la sentencia.

"Hipocondríaca con cancerofobia"

 En estas visitas los diagnósticos fueron muy diversos: dismenorrea, anexitis aguda, cistitis, microcistitis, salpingitis, endometriosis, crisis de ansiedad, hematuria, infecciones, colíco nefrítico, litiasis de vías urinarias e incontinencia, entre muchos otros, hasta que en una visita en 1996 se la calificó como "hipocondríaca muy acentuada con cancerofobia".

Finalmente, la paciente acudió al Instituto Dexeus, donde se le diagnosticó un prolapso uterino de segundo grado, por el que se le practicó histerectomía por vía vaginal.

En el 2004, la mujer presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial, que fue desestimada ante las alegaciones del ICS de que "resulta sorprendente que un prolapso uterino de grado dos pasara inadvertido en todas las pruebas médicas". "Finalmente consigue resolver sus problemas acudiendo a una institución privada, la cual mediante exploración física, ecografía y estudio uro-dinámico encuentra la causa de la dolencia", la interviene quirúrgicamente y resuelve el problema, afirma el juez, remarcando que se trata de tres sencillas pruebas.