El Parlament aprueba la ILP que debe asegurar el realojo a los desahuciados
El Parlament tomó ayer una decisión que debería cambiar la vida de muchos catalanes que viven bajo la amenaza de perder su vivienda por falta de recursos económicos. La Cámara catalana dio luz verde a la ILP de la vivienda y la pobreza energética por unanimidad, aunque en una votación separada el PP se opuso a la cesión obligatoria de pisos vacíos para alquiler social y de la parte judicial prevista para extinguir el sobreendeudamiento, con el fin de ofrecer una segunda oportunidad a ciudadanos ahogados por las deudas.
Pero votaciones aparte, conviene subrayar lo que la ley debe suponer: que ningún desahuciado se quede en la calle. O mejor dicho: que nadie sea desahuciado sin que se garantice su realojo. Esos son los pasos que vienen ahora. Tras la aprobación de ayer, la ILP será publicada la semana próxima en el 'Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya' (DOGC) y entrará automáticamente en vigor. Como sucederá en agosto, no habrá afectación inmediata: no hay desahucios en agosto porque ese mes no hay actividad judicial. La fecha de inicio real es el 1 de septiembre.
El portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), Carlos Macías, aceptó guiar a este diario sobre qué pasará a partir de esa fecha. Dice Macías que si el 1 de septiembre van a desahuciar a un vecino o una vecina de cualquier ciudad catalana, y si su vivienda es de una entidad bancaria u otro gran tenedor de vivienda, la propiedad está obligada a ofrecerle un alquiler social. De entrada, en la propia vivienda afectada. Si no, en una zona no alejada. Si no lo hace, puede recibir una sanción de hasta 90.000 euros. Una suma disuasoria: es mucho más barato procurar un alquiler social.
EL PROPIETARIO PARTICULAR
Si el propietario es un particular, que podría resultar tan perjudicado económicamente como el desahuciado, la fórmula para garantizar el realojo es la de ofrecer ayudas públicas para alquiler. Hasta el 1 de enero, con el nuevo ejercicio presupuestario, no habrá una dotación completa para afrontar esas ayudas. Lo que no significa, dice Macías, que antes no se den, que no se pueda aumentar ese presupuesto. La mayoría de casos en conflicto están relacionados con viviendas de grandes tenedores. Un gran tenedor, a efectos de la nueva ley, es una persona jurídica o un conjunto de empresas que cuenten con una superficie habitable de más de 1.250 metros cuadrados.
La cobertura del piso alternativo y las ayudas de alquiler serán de tres años. Argumenta Macías que así se garantiza que se habrá afrontado la emergencia habitacional. También cuenta con que en este periodo se podrá ampliar el parque de vivienda pública para alquiler social, hasta contar con una oferta suficiente.
Otros puntos relevantes son los que atañen a los avaladores y los fondos buitre. En caso de dación en pago y de que haya avaladores que sean familiares del titular, su deuda quedará anulada. En el caso de que un fondo buitre compre el piso de un desahuciado, este podrá recuperarlo por la misma cantidad. Una forma de evitar que los pisos desahuciados se vendan a precio de ganga.
REGLAMENTO Y SEGUIMIENTO
Otros aspectos que quedarán por desarrollar a partir de septiembre: el reglamento que requiere el procedimiento judicial para la extinción de la deuda de los sobreendeudados -que debe elaborarse en tres meses como máximo- y la creación de una comisión de seguimiento de la ley. Está por determinar quién integrará esa comisión. No menos importante será la guía fácil que se hará, prosigue el portavoz de la PAH, para enviar a los ayuntamientos catalanes, que deben aplicar la ley, con el fin de que aclarar el procedimiento.
En pobreza energética, hasta ahora un usuario que no pudiera pagar la factura podía evitar el corte de suministro si iba a servicios sociales a pedir un informe que demostrara su situación de penuria económica. Ahora las suministradoras deberán hacer la comprobación antes de proceder al corte. Otro día histórico en el Parlament. En menos de un año se verá si se merece ese adjetivo.
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