RESOLUCIÓN JUDICIAL
Dos años de prisión por agredir y humillar a una indigente junto a un cajero
La Audiencia de Barcelona confirma la sentencia de primera instancia y rechaza el recurso presentado por el acusado
J. G. Albalat
Redactor
Ha trabajado en el Diario de Barcelona, El País y AVUI. Desde hace años en El Periódico cubriendo los acontecimientos judiciales. Premios Ortega y Gasset, Save the Children, Ramon Barnils y Josep Maria Planes por la investigación del 'caso Maristas' sobre abusos sexuales en los colegios. En el 2016, mención honorífica de la Generalitat en el Día de la Justicia. Colaborador de publicaciones jurídicas. Profesor asociado Master de Criminología de la Universitat de Barcelona.
J. G. ALBALAT / BARCELONA
La Audiencia de Barcelona ha confirmado la pena de dos años de cárcel para un joven condenado por un delito contra la integridad moral por agredir, insultar y escupir a una indigente que dormía en la calle al lado de un cajero automático en Barcelona 23 de octubre de 2016 en Barcelona. La condena es más dura que la habitual porque el acusado se aprovechó de la "extrema vulnerabilidad" de la víctima "como persona que carece no solo de un techo, sino de cualquier soporte familiar o social", actuando "movido por el desprecio que sentía hacia las personas sin hogar"
La sentencia de la Sección Novena de la Audiencia ha rechazado el recurso presentado por el acusado y ha avalado la condena que le impuso un juzgado penal de la capital catalana por un delito de lesiones y otro contra la integridad moral: un año de prisión por cada uno.
En su recurso, el acusado reconoció "abiertamente" ser autor de las lesiones, pero negó que su intención fuese atentar contra la dignidad y la integridad moral de la mujer en cuanto a su condición de indigente, alegado que su escupitajo no lo dirigía a ella sino que su reacción era contra el cajero al no haber podido sacar dinero. También argumentó que no se percató de que estaba la mujer y que, cuando la vio, ella le apuntaba con un cuchillo de 20 centímetros, por lo que tuvo que defenderse. Es decir, plantea la eximente de legítima defensa, a pesar de que la sentencia recurrida excluye que la víctima esgrimiese de forma violenta y agresiva el cuchillo.
PUÑETAZOS Y PATADAS
Sin embargo, el tribunal ha dado plena credibilidad a las declaraciones de la víctima y a la de una viandante que compareció como testigo tras haber acudido en la ayuda de la mujer: "No hay duda de la participación del acusado y de su propia intención de menoscabar la integridad de la indigente", sostiene el tribunal. Y es que, según la primera sentencia, ahora confirmada, el acusado entró primero en el cajero y al no poder sacar dinero, se dirigió hacia la mujer que pernoctaba en plena calle, le escupió y le propinó patadas en el cuerpo y puñetazos en la cara. Los jueces han confirmado que el acusado aprovechó la vulnerabilidad de la mujer para agredirla de forma absolutamente gratuita.
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