El juez prohíbe tomar imágenes del juicio contra los mossos acusados de matar a Benítez
El magistrado esgrime el derecho a la intimidad de los procesados para justificar el insólito veto
El magistrado José Luis Ramírez, encargado de juzgar a ocho agentes de los Mossos d’Esquadra por la muerte del empresario Juan Andrés Benítez en el proceso que comienza este próximo lunes, ha prohibido que se graben imágenes del juicio, a petición de la fiscalía.
En una decisión sin precedentes conocidos, Ramírez limita la grabación de imágenes por parte de televisiones y la captación de fotografías por parte de fotógrafos a los cinco minutos previos al inicio de cada sesión. Asimismo, autoriza el registro de sonido durante la totalidad del juicio y reserva 30 -de las 70 plazas de la sala- para los periodistas. El juez sí dejará que se graben enteramente las sesiones del primer día, destinada a las cuestiones previas de las partes, y del último día, destinada a la lectura de los escritos finales de las mismas.
Hasta ahora, los juicios con tribunal popular se celebraban en una sala de la Audiencia de Barcelona que dispone de un altillo desde el que cámaras y fotógrafos registran cada sesión, de principio a fin. Sin embargo, en esta ocasión, esto no resultará posible, salvo al comienzo y al final de un juicio que durará un mes.
De este modo, no constarán imágenes de la declaración de los policías ni tampoco de los testimonios que acudan citados por sus defensas o por las acusaciones.
"JUICIOS PARALELOS"
En su escrito, el magistrado razona la importancia de que los periodistas sigan de cerca los procesos judiciales porque no resulta posible “en democracia” la celebración de un juicio sin el altavoz de los informadores. Por el contrario, mantiene que será un juicio que durará un mes y con cámaras filmando de un modo permanente la totalidad del proceso se inflingiría una "sobreexposición" a los policías. Además, el contexto actual derivado de las nuevas tecnologías e internet, se encargarían más tarde de "perpetuar" todo este material, argumenta el togado.
Por ambas razones, el juez sostiene que trata de dar encaje al derecho a la información del ciudadano y al derecho a la intimidad de los procesados y considera que el mejor modo de lograrlo es prohibir la entrada a las cámaras durante la práctica totalidad del juicio.
El magistrado, en su escrito, no se ahorra una valoración directa de las informaciones televisadas. La filmación del juicio solo se "traduce" después en la selección de fragmentos de lo grabado para darle difusión y la experiencia demuestra que esta suele tender hacia "lo sensacional y espectacular", opina el juez. Este fenómeno de "espectacularización" añade "presión" y altera "las condiciones atmosféricas ideales" en las que debe desarrollarse un proceso. Si se permitiera filmar todas las sesiones se podría propiciar la existencia de "juicios paralelos, cuyas interferencias sobre el juicio oral pueden ser graves", lo que genera un "riesgo añadido de teatralización de todo el proceso, con su previsible pérdida de rigor".
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