REGULACIÓN PARA EL PRÓXIMO CURSO
La Generalitat obliga a las 'madres de día' a tener un título en educación
Cuatro niños como máximo, en un espacio de al menos 70 metros cuadrados distribuidos en un mínimo de dos habitaciones, sin barreras arquitectónicas que dificulten el acceso y bajo la dirección de un profesional titulado en Educación (ya sea graduado universitario o en un ciclo superior). Los hogares o casas de crianza, un servicio también conocido como 'madres de día', van a poner fin el próximo curso escolar al limbo legal en que se encuentran. La Generalitat ha iniciado este martes los trámites para aprobar el nuevo decreto que las regulará, según ha informado la 'consellera' de Afers Socials, Dolors Bassa.
El servicio, concebido como de conciliación familiar por horas y flexible, debe basarse también en un proyecto educativo, "que se puede centrar en el juego o estar apoyado en distintas corrientes pedagógicas", ha señalado Bassa. En todo caso, el objetivo es que el profesional que cuida en su propia casa a niños de otras familias no sea un mero guardián de de 0 a 3 años.
La regulación, ha subrayado la titular de Afers Socials, proporcionará un paraguas legal a los trabajadores, y seguridad a padres y niños. Los profesionales deberán tener como mínimo un grado o un ciclo de formación profesional superior en educación infantil, acreditar una experiencia mínima de dos años en el cuidado de niños y disponer del carnet de manipulación de alimentos.
REGISTRADOS EN LA 'CONSELLERIA'
Las personas que decidan convertir su vivienda en un hogar de crianza se deberán inscribir en un registro de la 'conselleria', para que esta pueda hacer el seguimiento necesario y las inspecciones periódicas que se determinen. En casos excepcionales, el decreto establece que el número de niños por hogar de crianza puede ser de cinco menores, siempre que haya una autorización expresa de la dirección general de Familias.
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En cuanto a las instalaciones, el decreto exige que el lugar, además de un mínimo de 70 metros cuadrados con dos habitaciones, reúna unos requisitos básicos de confort y seguridad. Estos estándares deben incluir medidas de protección contra incendios, calefacción, iluminación y ventilación, además de la existencia de zonas diferenciadas para el descanso, la higiene y los juegos.
La familia del niño y el profesional deberán firmar un contrato privado para salvaguardar los derechos de las dos partes y establecer el máximo de horas en las que el niño estará en el hogar de crianza, recoge también la nueva normativa, que no habla, sin embargo, ni de precios ni de aspectos como los menús infantiles.
En Catalunya, 191 profesionales, agrupadas en la Asociación de 'madres de día', ya ofrecen este servicio. La entidad exige formación a sus miembros y hace un seguimiento de los profesionales. Existen no obstante otras profesionales fuera de la asociación, que actualmente no cuentan con ninguna regulación y que quedarán amparadas por la normativa, destaca la Generalitat.
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