PROCESO POR VIOLENCIA EN EL ÁMBITO FAMILIAR
La prescripción salva al exjuez decano de BCN de una condena por lesionar a su mujer
La Audiencia de Barcelona argumenta para eximirle de responsabilidad un acuerdo del Tribunal Supremo
La Audiencia de Barcelona ha confirmado los hechos probados de la sentencia dictada en septiembre del 2009 contra el exjuez decano de Barcelona, José Maria Regadera, por la disputa que tuvo con la que era su mujer. Sin embargo, la Sección 20 le exime de pagar la multa y la indemnización que el juzgado le impuso al “declarar extinguida la responsabilidad penal” por la prescripción de la falta de lesiones. Regadera se llegó a enfrentar a una petición de nueve meses de cárcel por un delito de maltrato con el que incluso se exponía a ser expulsado de la carrera, pero solo fue condenado a una multa de 360 euros y al pago de una indemnización de 210 euros a la que era su esposa.
La pelea ocurrió el 2 de abril del 2009 en el domicilio conyugal después de que María Rosa I., notaria de profesión, descubriera una infidelidad de su exesposo, con el que había contraído matrimonio apenas unos meses antes, según la sentencia. La discusión comenzó en el salón de la vivienda y prosiguió en el dormitorio, donde Regadera "agarró a María Rosa I. de las muñecas con fuerza, le separó los brazos y, sin soltarla en ningún momento, la empujó violentamente contra la pared y la puerta de la habitación con la intención de echarla", añade el fallo.
La Audiencia ahora ha desestimado los recursos presentados por la fiscalía, el exdecano y su mujer, aunque ha aplicado un acuerdo del 26 de octubre del 2010 del Tribunal Supremo y ha eximido de responsabilidad penal al magistrado por la prescripción de la falta de lesiones (el proceso se siguió por un presunto delito de malos tratos)
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