Una sentencia anula un despido por grabar a la trabajadora con cámara oculta
El juzgado social número 26 de Barcelona ha declarado nulo un despido por violación del derecho fundamental a la intimidad de una trabajadora por haberla grabado con cámaras ocultas en su puesto de trabajo, un taller mecánico de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona), ha informado UGT de Catalunya este viernes en un comunicado.
La trabajadora, que ha sido defendida por el gabinete jurídico de UGT de Catalunya, debe recibir una indemnización por daños morales por un valor de 9.000 euros y ser readmitida de nuevo en la empresa.
Según la sentencia, contra la que cabe recurso, la trabajadora fue despedida de manera disciplinaria por fumar en su puesto de trabajo después de que la empresa contratara los servicios de un detective privado y éste instalara cámaras ocultas.
El juez ha entendido que cabe distinguir entre cámaras ocultas y cámaras de vídeo permanentes, además de considerar que el uso legítimo de cámaras ocultas debe superar el triple análisis de necesidad, proporcionalidad e idoneidad.
Asimismo, el magistrado ha insistido en que se podrían haber utilizado "medios menos invasivos" para hacer efectiva la prohibición de fumar.
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