Análisis

La autodeterminación en el mundo digital

Internet ha contribuido de manera decisiva a redefinir el espacio de los público y lo privado

MARC CARRILLO

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La Cámara de Diputados italiana aprobó el pasado 28 de julio una excelente Declaración de los Derechos en Internet. Lo es por la precisión conceptual de los términos que definen los derechos de la persona de acceso a la red, sus límites y garantías. Se trata solo de una declaración de naturaleza semántica. No es una ley, por lo que carece de carácter vinculante. Pero es una toma de posición de una instancia legislativa que puede ser un buen parámetro de referencia para futuras regulaciones sobre un derecho que no conoce fronteras: el habeas data, que le habilita para acceder a los propios datos que circulan en la red, modificarlos o cancelarlos. El todavía pendiente de aprobar Reglamento de Protección de datos de la Unión Europea, podría tomar buena nota de esta declaración italiana.

En el preámbulo se exponen algunas consideraciones especialmente atinadas: después de reconocer que la Unión Europea es en la actualidad la región del mundo donde es más elevada la tutela constitucional de los datos personales, añade que una declaración de derechos en internet como esta ha de ser un instrumento indispensable para dar fundamento constitucional a los principios y derechos en su dimensión supranacional. Porque internet ha contribuido de manera decisiva a redefinir el espacio de lo público y de lo privado y a estructurar las relaciones entre las personas y entre estas y las instituciones, tanto sean públicas como privadas.

Sombras y peligros

Así, por ejemplo, ha modificado la organización del trabajo y ha permitido el desarrollo de una sociedad más abierta y libre. Ahora bien, junto a las luces que la red ofrece al ciudadano, no se pueden olvidar las sombras y los peligros para otros derechos protegidos. La razón de la declaración italiana es asumir ambas circunstancias para conseguir una formulación jurídica con la pretensión de garantizar todos los derechos en juego, en especial el de la información y los derechos de la personalidad del individuo (reputación, intimidad y propia imagen).

Los derechos específicos que contempla se fundan en los valores de dignidad, libertad, igualdad y diversidad de cada persona. El derecho de acceso a internet se entiende como un derecho individual que, entre otros aspectos, comprende la libertad de elección en todo lo concerniente a dispositivos, sistemas operativos y aplicaciones. Asimismo, comporta el derecho al conocimiento y a la educación en la red, la cual, ha de respetar el principio de neutralidad, de tal manera que la persona tiene el derecho a que los datos recibidos a través de internet no sean sometidos a restricciones, interferencias o discriminaciones.

Los datos que puedan ser objeto de tratamiento lo han de ser con el consentimiento informado del interesado, o bien porque así lo prescriba la ley; lo que significa que en determinados casos el consentimiento puede ser revocado. Por supuesto, el almacenamiento y conservación de datos no puede ser indiscriminado sino que ha ser temporal.

El olvido en la red

También resulta de especial interés la regulación que propone del llamado derecho al olvido digital, que en España cobró especial relieve tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 13 de mayo del 2014, en el conflicto entre Google y la Agencia Española de Protección Datos junto a un particular. Sobre este derecho, la Declaración fija que cada persona tiene derecho a obtener la cancelación en los motores de búsqueda de la red de sus datos personales, que por su contenido o por tiempo transcurrido desde su almacenamiento, carezcan de relevancia pública. No se trata, por tanto, de un derecho absoluto. Sin duda, es una Declaración importante.