REFORMA ELÉCTRICA
El Supremo rechaza suspender de forma cautelar el decreto con el recorte a las renovables
La suspensión pondría en riesgo la estabilidad financiera del sistema eléctrico, justifica el tribunal
La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado suspender de forma cautelar el real decreto 413/2014 y la orden ministerial 1045/2014, en los que se regula el nuevo sistema de retribución para las renovables y la cogeneración, y se especifican los parámetros en función de los que se articulan los incentivos.
La decisión del alto tribunal aparece recogida en los tres primeros autos de rechazo de medidas cautelares de suspensión presentadas por otros tantos recurrentes. A efectos prácticos, el nuevo sistema retributivo supone un recorte de los incentivos anteriormente recibidos para la mayor parte de las instalaciones.
La suspensión generalizada de la orden ministerial, indican los autos, podría poner en riesgo la estabilidad financiera del sistema eléctrico español, incluso en caso de admitirse que su aplicación puede generar un "perjuicio económico inmediato" a los productores.
RESARCIMIENTO A LOS PRODUCTORES
El resarcimiento posterior para estos productores, de quedar jurídicamente establecido, sería posible en todo caso, por lo que el Supremo no ha visto necesaria la suspensión cautelar. De haberse adoptado esta decisión, indican los magistrados, también podría paralizarse de forma generalizada el nuevo régimen retributivo aplicable a las instalaciones de producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.
Las empresas ante cuyas peticiones de suspensión cautelar ha respondido el Supremo son Energías Alternativas Murcianas, EnergyWorks San Millán y Energyworks Fonz. La sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del alto tribunal ya ha admitido a trámite 350 recursos contra el real recreto y la orden ministerial con el nuevo mecanismo retributivo a las renovables.
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