REACCIONES A UNA SENTENCIA LABORAL EUROPEA
Sagardoy reconoce que el fallo europeo sobre la indemnización de los temporales "marca un antes y un después"
El abogado admite que el marco legal deberá tener en cuenta la directiva europea de no discriminación de los trabajadores con contrato temporal
El abogado Juan Antonio Sagardoy ha asegurado este martes que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en la que dictamina que la indemnización de los contratos indefinidos y temporales no debe ser diferente "marca un antes y un después" y, aunque "no obliga a cambiar la legislación española", los tribunales tendrán que ajustarse a dicha interpretación.
"Es una sentencia muy relevante. Ahora vendrá la interpretación de la interpretación, pero está claro que marca un antes y un después. Lo que dice la sentencia es que cuando un trabajador interino que hace las mismas funciones que el sustituido termina su contrato tiene que ser indemnizado igual que lo haría con el fijo", ha explicado Sagardoy en declaraciones a Onda Cero recogidas por Europa Press.
Sagardoy, que algunos consideran un verdadero inspirador legal de la reforma laboral del PP en España, ha recordado que existen varias indemnizaciones en la legislación española cuando cesa la relación laboral: 12 días por año trabajado para los contratos temporales, 20 días por año para los indefinidos que son despedidos de manera procedente y 33 días por año para los indefinidos que han sufrido un despido improcedente. "Y la indemnización es cero cuando se trata de un trabajador en formación o aprendizaje o interino, pero por lo menos en la interinidad sí tendrá que haber indemnización según esta sentencia", explica.
EL CASO
El fallo del TJUE se refiere al caso de una trabajadora interina del Ministerio de Defensa que, tras nueve años encadenando contratos para la sustitución de otra, perdió su empleo y reclamó una indemnización. El tribunal europeo entiende que sí le corresponde porque, de lo contrario, se incumpliría la directiva europea que establece que los trabajadores temporales no pueden ser discriminados respecto a los fijos, siempre que las situaciones sean comparables.
"Hay que tomar buena nota de esta sentencia. No es obligatoriamente vinculante, pero los tribunales españoles deben ajustarse a ella", ha insistido Sagardoy. El abogado ha explicado que, en general, en casi todos los países las indemnizaciones de fijos y temporales están más próximas entre sí que en España. Sagardoy subraya que eso ocurre en aquellos que tienen lo que se conoce como contrato único y que en España existe un "eterno debate" sobre las diferencias entre temporales e indefinido. "El contrato único supone atajar a lo bestia (estas diferencias) igualando al alza o a la baja la indemnización", ha concluido.
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